Declarar en Renta los rendimientos de bienes de una comunidad de propietarios
La renta obtenida por la comunidad por el alquiler de elementos comunes (azotea, casa de portero…) se atribuye a los copropietarios en función de su grado de participación en los gastos e ingresos de la comunidad.
Cada copropietario persona física tendrá que declarar el importe que le corresponda con independencia de que no haya recibido la renta, por ejemplo, porque se la hayan descontado de la cuota de la comunidad o la haya cedido gratuitamente a la comunidad.
Las subvenciones de las que es beneficiaria la comunidad de propietarios se atribuirán a cada uno de los propietarios en función de su coeficiente de participación en el edificio. A efectos del IRPF, la obtención de una subvención constituye un supuesto de obtención de renta por el contribuyente, siendo su calificación tributaria la de ganancia o pérdida patrimonial.
Vea con detalle cómo tributan en Renta las subvenciones.
Mire el borrador de la declaración
Lo normal es que aparezcan todos los importes en los datos fiscales porque el Administrador de la comunidad se habrá encargado de facilitárselos a Hacienda y habrá comunicado el porcentaje de reparto de cada propietario. Compruebe el borrador de la Renta.
Qué tengo que revisar en el borrador del IRPF.
Lo habitual es que los datos ya estén trasladados en su borrador. Puede comprobarlo
Declarar en Renta los rendimientos de bienes de una comunidad de propietarios
La renta obtenida por la comunidad por el alquiler de elementos comunes (azotea, casa de portero…) se atribuye a los copropietarios en función de su grado de participación en los gastos e ingresos de la comunidad.
Cada copropietario persona física tendrá que declarar el importe que le corresponda con independencia de que no haya recibido la renta, por ejemplo, porque se la hayan descontado de la cuota de la comunidad o la haya cedido gratuitamente a la comunidad.
Las subvenciones de las que es beneficiaria la comunidad de propietarios se atribuirán a cada uno de los propietarios en función de su coeficiente de participación en el edificio (o el sistema de reparto de gastos ordinarios que se establezca en los estatutos de la comunidad). A efectos del IRPF, la obtención de una subvención constituye un supuesto de obtención de renta por el contribuyente, siendo su calificación tributaria la de ganancia o pérdida patrimonial.
Vea con detalle cómo tributan en Renta las subvenciones.
Mire el borrador de la declaración
Lo normal es que aparezcan todos los importes en los datos fiscales porque el Administrador de la comunidad se habrá encargado de facilitárselos a Hacienda y habrá comunicado el porcentaje de reparto de cada propietario. Existe obligación de hacer esa comunicación a Hacienda y a los comuneros cuando las rentas anuales (o subvenciones) percibidas por la comunidad superen los 3.000 euros. Compruebe el borrador de la Renta.
Qué tengo que revisar en el borrador del IRPF.
Lo habitual es que los datos ya estén trasladados en su borrador. Puede comprobarlo desde el menú que sale al seleccionar el botón “apartados de la declaración” pinchando en el apartado “Comunidades de bienes, sociedades civiles, herencias yacentes”.
Dónde se ponen en Renta los ingresos que vienen de la comunidad
El ingreso debe declararse en la casilla 1571 del apartado “Atribución de rendimientos del capital inmobiliario”, ubicado en el apartado “Régimen de atribución de rentas: Rendimientos del capital y de actividades económicas y ganancias y pérdidas patrimoniales”, que está dentro del apartado principal de Renta Web “Regímenes especiales” (página 11 de la declaración).
El NIF de la comunidad y el porcentaje de participación deben constar en la casilla 1562 y respectivamente 1564.
Atención: si obtuvieron ayudas o subvenciones para obras en la comunidad, también deberá declararlas como ganancia patrimonial. Lo más frecuente es que también aparezcan en el borrador porque Hacienda tiene los datos. Es el caso del bono social térmico, que tributa en IRPF.