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Deducciones por vivienda en el IRPF vigentes en Madrid 2021
hace un año - jueves, 11 de noviembre de 2021Repasamos las deducciones que ha previsto la Comunidad de Madrid en el IRPF relacionadas con la vivienda. Complementan a las deducciones estatales.
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Deducción en Madrid por arrendamiento de vivienda habitual
Los contribuyentes menores de 35 años pueden deducir el 30%, con un máximo de 1.000 €, de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el arrendamiento de su vivienda habitual.
Para tener derecho a la deducción, las cantidades abonadas por el arrendamiento de la vivienda habitual deben superar el 20% de la suma de la base imponible general y del ahorro del contribuyente.
Los contribuyentes mayores de 35 años y menores de 40 también pueden aplicar la deducción siempre que durante el periodo impositivo se hayan encontrado en situación de desempleo y hayan soportado cargas familiares. Deben darse dos condiciones:
- que el contribuyente haya estado inscrito como demandante de empleo en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Madrid al menos 183 días dentro del período impositivo;
- que tenga al menos dos familiares a su cargo, ascendientes o descendientes, considerándose como tales aquellos por los que tenga derecho a la aplicación del mínimo por ascendiente o descendiente.
Límite de ingresos: esta deducción solo resulta aplicable por aquellos contribuyentes cuya suma de la base imponible general y del ahorro no sea superior a 25.620 € en tributación individual o 36.200 € en tributación conjunta. Además de este límite, no se tiene derecho a la deducción cuando la suma de las bases imponibles de todos los miembros de la unidad familiar de la que el contribuyente pueda formar parte es superior a 60.000 €.
Para su aplicación es necesario estar en
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