Se firmó alquiler de temporada y el inquilino quiere seguir
En el derecho de arrendamientos urbanos, no es lo mismo firmar un alquiler de vivienda habitual que un alquiler de temporada:
Alquiler de vivienda permanente:
Está regulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y concede al inquilino una protección especial. El arrendatario tiene derecho a permanecer en la vivienda un mínimo de 5 años si el propietario es persona física, o 7 años si es persona jurídica. Además, la renta queda establecida y sujeta a las actualizaciones legales durante ese periodo, lo que otorga estabilidad. También se fija por ley el reparto de gastos.
Alquiler de temporada:
Se concibe para usos temporales y finalidades distintas de la vivienda habitual. Puede responder a motivos como vacaciones, estudios, prácticas académicas, desplazamientos laborales o tratamientos médicos. Su duración se fija en el contrato (meses o incluso un año), pero sin derecho a prórroga forzosa por parte del inquilino. La clave está en la finalidad de uso reflejada en el contrato: si no es satisfacer la necesidad permanente de vivienda, hablamos de alquiler de temporada.
Cómo hacer bien un alquiler de temporada.
El registro obligatorio de alquileres de corta duración.
Se firmó alquiler de temporada y el inquilino quiere seguir
En el derecho de arrendamientos urbanos, no es lo mismo firmar un alquiler de vivienda habitual que un alquiler de temporada:
Alquiler de vivienda permanente:
Está regulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y concede al inquilino una protección especial. El arrendatario tiene derecho a permanecer en la vivienda un mínimo de 5 años si el propietario es persona física, o 7 años si es persona jurídica. Además, la renta queda establecida y sujeta a las actualizaciones legales durante ese periodo, lo que otorga estabilidad. También se fija por ley el reparto de gastos.
Alquiler de temporada:
Se concibe para usos temporales y finalidades distintas de la vivienda habitual. Puede responder a motivos como vacaciones, estudios, prácticas académicas, desplazamientos laborales o tratamientos médicos. Su duración se fija en el contrato (meses o incluso un año), pero sin derecho a prórroga forzosa por parte del inquilino. La clave está en la finalidad de uso reflejada en el contrato: si no es satisfacer la necesidad permanente de vivienda, hablamos de alquiler de temporada.
Cómo hacer bien un alquiler de temporada.
El registro obligatorio de alquileres de corta duración.
Caso práctico: sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona
La SAP Barcelona (30 de junio de 2025) resolvió un caso ilustrativo:
- Un inquilino firmó un contrato de alquiler de temporada por 11 meses, alegando que necesitaba un “piso puente” tras separarse.
- Llegado el vencimiento, se negó a abandonar la vivienda, sosteniendo que era su residencia habitual y que tenía derecho a la prórroga legal de cinco años.
- El tribunal analizó tanto el contrato como las circunstancias previas:
- El contrato señalaba expresamente su carácter de temporal: en el título, en la parte expositiva y en sus cláusulas.
- Existían conversaciones previas de WhatsApp donde el propio inquilino manifestaba que buscaba una solución “puente”.
- La agente inmobiliaria explicó como testigo las circunstancias del caso, que eran coherentes con la situación de las partes y con lo firmado. El arrendador, residente en el extranjero, quería recuperar su casa en breve y por eso le encajaba esa duración.
- El inquilino, abogado en ejercicio, sabía perfectamente qué firmaba.
La Audiencia concluyó que no existía fraude ni imposición: lo pactado era un alquiler de temporada válido y el inquilino debía devolver la vivienda, con condena en costas en primera y segunda instancia.
Enseñanza de este caso:
La sentencia refuerza la idea de que lo determinante no es solo la duración del contrato, sino la finalidad y la voluntad clara de las partes. Cuando el contrato refleja bien las circunstancias y se documenta la causa de la temporalidad, los jueces lo respetan.
Consejos prácticos para arrendadores e inquilinos
Para propietarios
- Redacte contratos claros: deje constancia en el contrato del motivo concreto que justifica el alquiler de temporada. Puede haber distintos motivos y es importante reflejarlos en el contrato: para vacaciones, para estudios o prácticas durante un curso académico o tiempo inferior, para un desplazamiento temporal laboral o por tratamiento sanitario, etc.
- Guarde pruebas: correos electrónicos, mensajes o testigos que acrediten el acuerdo.
- Use modelos revisados: en OCU Fincas y Casas encontrará contratos y plantillas actualizadas.
Para inquilinos
- Lea antes de firmar: un contrato de temporada no le concede derecho a permanecer cinco años. No acepte imposiciones que no respondan a su necesidad.
- Verifique el destino del uso: si realmente busca una residencia habitual, exija un contrato de vivienda. Si le impusieran un contrato en fraude de ley podría tener derecho a hacer valer sus derechos como inquilino, pero puede tener que lidiar con el casero e incluso defenderse en un litigio.
- Apóyese en OCU: puede consultar el reparto de gastos compartidos, las guías legales de alquiler y asesoramiento especializado en OCU Fincas y Casas.