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La tasación y el Supremo en la comprobación de valores

Publicado el   20 febrero 2026
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Hacienda tiene obligación de justificar sus comprobaciones de valores de inmuebles, desde el inicio del procedimiento. Por ejemplo, usando la tasación. El uso por Hacienda de sistemas de valoración por coeficientes es una infracción material que anula la valoración sin que pueda repetirse. Se refiere a transmisiones anteriores a 2022. Vea sus derechos.

Doctrina del Supremo sobre la comprobación de valores

Unas sentencias del Tribunal Supremo de 23 de enero de 2023 y de 4 de diciembre de 2024 añadieron algunos puntos a la doctrina que tiene establecida la jurisprudencia sobre la comprobación de valores de inmuebles por Hacienda.

Está referida al sistema legal anterior a 2022, donde la base imponible del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) estaba legalmente constituida por el "valor real" de los bienes.

Recordemos que desde 2022 un cambio legal -que llegó a tildarse de catastrazo- trasladó esa base imponible desde el valor real hasta el llamado valor de referencia. Este VR constituye ahora la base imponible "mínima" del impuesto: si el comprador ha pagado un precio superior, se toma ese precio como base imponible.

Cómo impugnar el valor de referencia en Transmisiones.

 

La necesidad de motivar individualmente el valor del inmueble

El Supremo aclaró hace años (23/5/2018) que el sistema de comprobación de valores que utilizaba los valores catastrales multiplicados por coeficientes impuestos por las comunidades autónomas NO era válido para que Hacienda impugnase una autoliquidación del comprador del inmueble. Se exige una valoración individualizada del inmueble, que tenga en cuenta sus características reales.

Lo que la sentencia de 23/1/2023 añadió es que para que Hacienda inicie un procedimiento de comprobación de valores, ya debe aportar pruebas de que el valor declarado por el contribuyente no es el correcto. Exige que, en todos los casos de

Necesito una tasación

 

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