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Condena por defectos en el suelo de viviendas nuevas
hace un año - lunes, 28 de junio de 2021Reclamación por defectos en el suelo de las viviendas
En una promoción de 84 viviendas nuevas entregadas en 2006 aparecieron problemas en el pavimento interior de las viviendas, como despegues, abombamientos y roturas de las baldosas. La promotora costeó unas reparaciones urgentes y más adelante, tanto las dos comunidades de propietarios afectadas como la misma promotora demandaron a la empresa constructora. Le reclamaban el coste de la reparación más gastos de alojamiento y depósito de mobiliario durante la ejecución de las obras de reparación.
El presidente puede reclamar por defectos constructivos.
En primera instancia (2015) se condenó a la constructora por los daños que habían aparecido de modo visible en cierto número de viviendas. La Audiencia Provincial (2017) estimó el recurso de las demandantes y amplió la condena a la reparación de esos defectos en todas las viviendas de la promoción, al considerar que los defectos del pavimento afectaban a todas las viviendas (era un defecto generalizado), aunque en algunas no se hubiese manifestado aún. Los defectos afectan a la habitabilidad de las viviendas y se produjeron dentro del plazo legal de garantía de 3 años. Se condena a la constructora a sustituir la totalidad de los pavimentos de la promoción, con un coste superior al millón de euros.
A quién reclamo por defectos de construcción.
La constructora pretendió atribuir responsabilidad al arquitecto superior (por cambiar el tamaño de las baldosas y por modificar el trazado de los tubos de calefacción) y al aparejador (por mala elección del material de agarre y mala supervisión del trabajo de colocación). Ambos técnicos no había sido incluidos en la demanda. La Audiencia, tras el análisis por peritos de las causas del defecto, exculpó a esos técnicos y situó la causa del problema en que los colocadores de las baldosas no habían seguido las instrucciones del fabricante para la utilización correcta de aquellas baldosas (limpieza previa de la solera, uso de doble encolado, respeto de juntas de dilatación, etc.). Como los colocadores dependían de la constructora, se condenó a esta empresa.
Sus derechos en la compra de vivienda sobre plano.
La empresa constructora recurrió al Supremo, quien dictó sentencia con fecha de 17 de junio de 2021.
Los defectos afectan a todas las viviendas, aunque no se vean
El Supremo confirma que el defecto es común a las 84 viviendas, aunque
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