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  • La cuota y las deducciones en el Impuesto de Sucesiones
Análisis

La cuota y las deducciones en el Impuesto de Sucesiones

hace 2 años - miércoles, 24 de febrero de 2021
Le mostramos paso a paso cómo calcular el Impuesto de Sucesiones. Tras las reducciones aplicables viene la cuota y las deducciones y bonificaciones, que pueden rebajar mucho la factura fiscal.

La tarifa y la cuota del Impuesto de Sucesiones

Una vez hechas las reducciones aplicables habremos obtenido la cantidad sobre la que deberemos aplicar la tarifa del impuesto a fin de determinar la cuota tributaria. La tarifa en el caso del Impuesto sobre Sucesiones también puede ser objeto de regulación por parte de las CCAA, es de carácter progresivo.

Finalmente, para calcular la cuota a pagar en el Impuesto sobre Sucesiones deberemos aplicar unos coeficientes multiplicadores que se basan en dos factores: el grado de parentesco entre causante y beneficiario y el patrimonio preexistente del adquirente. Con estos coeficientes se subjetiviza el impuesto y se acentúa la función de redistribución de la riqueza asignada al mismo.

A esta cuota tenemos que aplicarle en primer término la deducción por doble imposición internacional que es de aplicación en todo el territorio español y las deducciones y bonificaciones autonómicas.

Calcule los gastos del notario en la herencia.

Deducciones y bonificaciones autonómicas en Sucesiones

Son estas últimas las que han determinado una mayor dispersión en el momento de determinar la cantidad a pagar, así, por ejemplo, la Comunidad de Madrid, Andalucía, Cantabria, Extremadura y Murcia establecen una bonificación del 99% en la cuota para descendientes, cónyuge y ascendientes. Otras comunidades como Castilla y León o La Rioja dejan casi sin tributación a los contribuyentes con bases menores de 400.000€, y Aragón a los contribuyentes con bases menores a 500.000€. En Asturias no se gravan estas herencias cuando la base imponible no supera 300.000€ y se aplica una tarifa del 21,25% al 36,50%. En Galicia la tarifa para estos familiares, además de una reducción de 1.000.000€, tiene tipos del 5% al 18%, muy por debajo de la estatal que llega hasta el 34%. Canarias y Cataluña aplican bonificaciones decrecientes según crece la cuota o base. En la Comunidad Valenciana la bonificación es del 50%. En Baleares la tarifa es del 1% al 20%, aplicándose el primer tipo hasta bases de 700.000€. En Castilla-La Mancha hay bonificaciones del 100% al 80% (esta última para la base liquidable que exceda de 300.000€).

En qué plazo y cómo se presenta el Impuesto de Sucesiones.

Tal dispersión normativa es la que ha llevado en los últimos tiempos a pedir una cierta armonización del Impuesto sobre Sucesiones en todo el territorio nacional. Para ello debería realizarse una reflexión global sobre la fiscalidad de las herencias, sin pretender homogeneizar por lo alto la fiscalidad autonómica. Diversos estudios han mostrado que no siempre una mayor fiscalidad conlleva una mayor recaudación final.

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