- Gestión patrimonial
- Fiscalidad
- Venta: ganancia en IRPF y valor de referencia
Venta: ganancia en IRPF y valor de referencia
hace 7 meses - jueves, 27 de octubre de 2022La ganancia por venta de inmueble no se calcula con el valor de referencia
La persona que venda o done un inmueble debe tributar en el IRPF por la ganancia o la pérdida que haya obtenido. Aquí le explicamos cómo. Se trata de comparar el valor de adquisición del bien y el valor de transmisión. Si este último es mayor, habrá una ganancia por la que tributar, y si es inferior al valor de adquisición, se generará una pérdida que podemos compensar fiscalmente con otras ganancias.
Por otro lado, desde 2022 Hacienda otorga un valor propio a cada inmueble, a través del llamado “valor de referencia”. Este valor de referencia se puede consultar aquí, lo calcula cada año el Catastro y sirve a efectos del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). Es la base imponible en las transmisiones de inmuebles.
Se ha planteado la cuestión de si se puede utilizar el valor de referencia cuando se trata de calcular -a efectos del IRPF- la ganancia o pérdida derivada de la transmisión.
La respuesta de Hacienda se ha publicado consultas vinculantes con fecha de 4 y 15 de julio de 2022. Veamos qué dicen y qué consecuencias tiene: Hacienda barre para casa...
La exención en la venta de casa por padres divorciados
Cómo se calcula la ganancia o pérdida a efectos del IRPF
Según la Ley del IRPF, el valor de adquisición estará formado por la suma de:
a) El importe real por el que
Los análisis y consejos de nuestros expertos están reservados a los socios.
¿Desea acceder a este contenido completo? Regístrese gratis ¿Ya es socio? Por favor, inicie sesión.