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  • Bonificación en el IBI por puntos de recarga eléctrica
Análisis

Bonificación en el IBI por puntos de recarga eléctrica

hace un año - lunes, 3 de enero de 2022
Se ha aprobado una nueva bonificación en el IBI para inmuebles que instalen puntos de recarga eléctrica para vehículos. Cada ayuntamiento puede ahora incorporarla a su ordenanza, con los requisitos oportunos.

El punto de recarga y la bonificación en el IBI

La Ley de Haciendas Locales permita ahora a los ayuntamientos la aprobación de una nueva bonificación en el IBI, por la instalación de puntos de recarga para coches eléctricos.

La regulación del IBI (Impuesto sobre los Bienes Inmuebles) está regida por unas normas básicas estatales, recogidas en la Ley de Haciendas Locales, que luego son desarrolladas en cada municipio por la ordenanza fiscal del respectivo ayuntamiento. La LHL propone un marco normativo y cada ayuntamiento decide su propia regulación del IBI dentro de ese marco.

Así, respecto a los tipos aplicables, la LHL marca un mínimo y un máximo, que para inmuebles urbanos es ahora del 0,40 y del 1,10 respectivamente. Un ayuntamiento puede optar por imponer el tipo que desee, dentro de ese margen. En 2021 la ciudad de Madrid tenía un tipo del 0,456% (ha anunciado un descenso para 2022), Barcelona del 0,66% y Valencia del 0,723%, por ejemplo.

Hay que recordar que la cantidad final que paga el contribuyente -la cuota líquida- no depende solo del tipo impositivo, sino del efecto conjunto de diversas variables entre las que se encuentra el valor catastral del inmueble (que es la base imponible del IBI) y las posibles reducciones de la base y las bonificaciones en la cuota. Un municipio con un tipo impositivo bajo pero donde los valores catastrales sean altos puede suponer un pago medio del IBI más alto que el de otro municipio con un tipo más elevado.

Reducir hasta un 90% el IBI en Madrid.

Las bonificaciones del IBI en Barcelona.

Las bonificaciones en el IBI

Conviene estar informado de las bonificaciones existentes en el Ibi en nuestra ciudad, porque en muchos casos hay que solicitarlas expresamente para que se nos apliquen, y hay que hacerlo dentro de un plazo si no queremos pasar otro año más sin beneficiarnos de ellas.

La Ley de Haciendas Locales prevé una lista de posibles bonificaciones en el Impuesto y -al margen de unas bonificaciones “obligatorias” para todos, como la prevista para VPO nueva- es cada consistorio quien decide si aplica o no en su municipio una bonificación concreta de entre las reconocidas como voluntarias en la Ley. También pueden imponerse recargos por diferentes motivos tasados.

Una de las bonificaciones previstas se refiere a la instalación en el inmueble de sistemas no obligatorios para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol. Las ordenanzas fiscales podrán regular una bonificación de hasta el 50% de la cuota íntegra del impuesto para los bienes inmuebles en los que se hayan instalado. En el caso de Madrid o Barcelona es posible aplicar esta bonificación en los tres periodos impositivos siguientes a la finalización de la instalación, que ha de estar siempre correctamente homologada. En el caso de comunidades de propietarios la bonificación es para los propietarios que hayan contribuido al pago de la instalación.

Bonificación por instalación de puntos de recarga

Con efectos desde el 23 de diciembre de 2021 se ha modificado la Ley de Haciendas Locales para

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