Aragón: Deducciones en IRPF por vivienda 2021
Repasamos las deducciones que ha previsto Aragón en el IRPF relacionadas con la vivienda.
Si ha vendido una vivienda, ¿cómo debe declararla?
Cómo ahorrar impuestos en inmuebles.
Adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en núcleos rurales
Es deducible el 5% de las cantidades satisfechas en el período de que se trate por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual del contribuyente, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
a) Que el contribuyente tenga su residencia habitual en esta Comunidad Autónoma y que a la fecha de devengo del Impuesto tenga menos de 36 años.
b) Que se trate de su primera vivienda.
c) Que la vivienda esté situada en un municipio aragonés con una población de derecho inferior a 3.000 habitantes o, alternativamente, en una entidad local menor o en una entidad singular de población, que se encuentren separadas o diferenciadas de la capitalidad del municipio al que pertenecen.
d) Que la suma de la base imponible general y del ahorro, menos el mínimo por contribuyente y el mínimo por descendientes, de todas las personas que formen parte de la unidad familiar, no supere los 35.000 € en declaración conjunta o 21.000 € en declaración individual.
Adquisición de vivienda habitual por víctimas del terrorismo
Los contribuyentes que tengan la condición de víctimas del terrorismo o, en su defecto y por este orden, su cónyuge o pareja de hecho o los hijos que vinieran conviviendo con los mismos, pueden deducir el 3% de las cantidades satisfechas durante el período impositivo por la adquisición de una vivienda nueva situada en el territorio de la Comunidad Autónoma, siempre que esté acogida a alguna modalidad de protección pública de la vivienda y que constituya o vaya a constituir la primera residencia habitual del contribuyente.
Arrendamiento de vivienda habitual vinculado a
Aragón: Deducciones en IRPF por vivienda 2021
Repasamos las deducciones que ha previsto Aragón en el IRPF relacionadas con la vivienda.
Si ha vendido una vivienda, ¿cómo debe declararla?
Cómo ahorrar impuestos en inmuebles.
Adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en núcleos rurales
Es deducible el 5% de las cantidades satisfechas en el período de que se trate por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual del contribuyente, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
a) Que el contribuyente tenga su residencia habitual en esta Comunidad Autónoma y que a la fecha de devengo del Impuesto tenga menos de 36 años.
b) Que se trate de su primera vivienda.
c) Que la vivienda esté situada en un municipio aragonés con una población de derecho inferior a 3.000 habitantes o, alternativamente, en una entidad local menor o en una entidad singular de población, que se encuentren separadas o diferenciadas de la capitalidad del municipio al que pertenecen.
d) Que la suma de la base imponible general y del ahorro, menos el mínimo por contribuyente y el mínimo por descendientes, de todas las personas que formen parte de la unidad familiar, no supere los 35.000 € en declaración conjunta o 21.000 € en declaración individual.
Adquisición de vivienda habitual por víctimas del terrorismo
Los contribuyentes que tengan la condición de víctimas del terrorismo o, en su defecto y por este orden, su cónyuge o pareja de hecho o los hijos que vinieran conviviendo con los mismos, pueden deducir el 3% de las cantidades satisfechas durante el período impositivo por la adquisición de una vivienda nueva situada en el territorio de la Comunidad Autónoma, siempre que esté acogida a alguna modalidad de protección pública de la vivienda y que constituya o vaya a constituir la primera residencia habitual del contribuyente.
Arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago
En caso de adjudicación de la vivienda habitual en pago de la totalidad de la deuda pendiente del préstamo o crédito garantizados mediante hipoteca de la citada vivienda, y de que además se formalice entre las partes un contrato de arrendamiento con opción de compra de esa misma vivienda, los arrendatarios pueden deducir el 10% de las cantidades satisfechas durante el ejercicio por el arrendamiento de la vivienda habitual. La base máxima de inversión es de 4.800 € anuales, y deben cumplirse los siguientes requisitos:
- Que la suma de la base imponible general y del ahorro no sea superior a 15.000 € en declaración individual o 25.000 € en declaración conjunta.
- Que se haya formalizado el depósito de la fianza correspondiente al arrendamiento ante el órgano competente en materia de vivienda de esta Comunidad Autónoma, dentro del plazo legal.
Arrendamiento de vivienda social
Cuando el contribuyente haya puesto una o más viviendas a disposición del Gobierno de Aragón, o de alguna de sus entidades a las que se atribuya la gestión del Plan de Vivienda Social de Aragón, puede aplicar una deducción del 30%.
Red de bolsas de viviendas para el alquiler social en Aragón.
La base de la deducción es la cuota íntegra autonómica que corresponda a la base liquidable general derivada de los rendimientos netos de capital inmobiliario. A ese rendimiento neto se llega una vez aplicada la reducción prevista para el arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda y por rendimientos netos con un período de generación superior a dos años.