Análisis

Local condenado a cerrar una puerta en fachada

Publicado el   23 mayo 2024
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Los estatutos de la comunidad daban gran flexibilidad a los locales, pero cuando uno abrió una puerta lateral en la fachada se inició un proceso judicial. Vea cómo terminó y cuáles son las reglas a respetar. 

Condena por abrir puerta en fachada para el local

Las obras de los vecinos pueden provocar litigios en el seno de la comunidad de propietarios cuando alguien entiende que se han realizado sin la oportuna autorización. Siempre hay que partir de lo que digan los estatutos o la escritura de constitución de la comunidad.

Se tiende a conceder una mayor flexibilidad a las obras realizadas por locales comerciales situados en planta baja de un edificio, pero esto no supone carta blanca para cualquier modificación. Veamos un caso reciente.

Los dueños de un local en planta baja abrieron, sin autorización de la comunidad, una puerta en la fachada del edificio que les da acceso al local de su propiedad. La puerta se abría a un espacio de la comunidad, no a la vía pública, pero permitía el uso público.

La comunidad de propietarios demandó a los propietarios para que les condenaran a cerrar la puerta abierta y reponer la fachada del edificio al estado anterior. Veamos cómo terminó el litigio pasados unos años.

Conflicto por salida de humos del local.

Problemas en las obras de la comunidad.

Las facultades de los dueños de locales

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