Análisis

Local condenado a pagar el ascensor

Publicado el   14 enero 2025
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La comunidad acordó la instalación de un ascensor y se dio a elegir entre pagarlo por alturas o por coeficientes ordinarios. El dueño de un local pidió la exención del gasto y recurrió hasta el final. Vea el resultado.

Instalación de ascensor en la comunidad: ¿quién está obligado a pagar?

Según el INE, en municipios de más de 50.000 habitantes, un 15% de los edificios con 10 o más viviendas no cuentan con ascensor. Son muchas las comunidades que deciden su instalación para adaptar el edificio a las personas mayores. Y esto puede generar conflictos.

En 2016 una comunidad de propietarios de Valladolid aprobó la instalación de un ascensor. Para el reparto de los gastos de la instalación, en la Junta se propusieron dos opciones a elegir entre los propietarios: pagar una cuota diferente por alturas o repartirlo según los coeficientes ordinarios. Se aprobó esta última fórmula.

Los propietarios de dos locales del bajo impugnaron el acuerdo al estimar que debían estar exentos de participar en esos gastos porque ni tenían acceso al portal y tampoco al futuro ascensor.

Tanto en primera instancia como en apelación se dio la razón a la comunidad de propietarios. Uno de los dueños de local recurrió al Supremo, quien dictó sentencia el 6 de febrero de 2024.

Nuevo ascensor e indemnización para un vecino.

Todos los propietarios pagan la nueva instalación

La sentencia del Supremo recuerda que 

 

 

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