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Gasto de ascensor obligatorio para locales
hace 7 meses - lunes, 17 de octubre de 2022Gasto de ascensor obligatorio para locales
Las obras relacionadas con ascensores siguen generando conflictos en las comunidades de propietarios.
Para saber quién está obligado al pago de las obras en un ascensor hay que tener en cuenta lo siguiente:
- El tipo de obras que sean, distinguiendo entre trabajos de mantenimiento o conservación y nueva instalación;
- Lo que digan los estatutos de la comunidad afectada;
- Las reglas de la Ley de Propiedad Horizontal y las fijadas por la jurisprudencia en casos similares.
En el caso de una bajada del ascensor a cota cero hay que saber que se trata de una obra de nueva instalación, para facilitar la accesibilidad en el inmueble. No es una obra de reparación o conservación del ascensor existente. Es una nueva instalación.
Insistimos en esto porque muchos estatutos incluyen exenciones de gastos para los dueños de locales en lo que se refiere al mantenimiento o conservación de escaleras, portales, ascensores, etc. En esos casos los propietarios de los locales NO tienen que pagar gastos ligados al uso y mantenimiento del ascensor. Pero, a falta de mención expresa en estatutos, esa exención solo se refiere a gastos de conservación, no a los de nueva instalación.
Por lo tanto, en esos casos los dueños de locales sí deben contribuir al gasto de bajada a cota cero del ascensor.
Asó lo ha establecido la sentencia de la Audiencia Provincial de La Rioja de 29/7/2022 resolviendo un caso de este tipo. La SAP cita otras sentencias del Supremo que ya aclararon este punto, como la STS 21/6/2018 o la STS 25/4/2019.
A qué obras me puede obligar la comunidad de propietarios.
Aunque algún propietario sí ha podido oponerse a ese gasto de ascensor, alegando (y probando) abuso de derecho.