Análisis

Alquiler de local y cláusula rebus

Vea la recomendación de los expertos de OCU Fincas y Casas.

Complicaciones en alquiler de local.

Publicado el  09 enero 2026
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Complicaciones en alquiler de local.

Se rechaza la reducción de la renta durante el estado de alarma por la pandemia porque el arrendatario del local no probó los efectos económicos extraordinarios con cuentas fiables y porque había incumplimientos previos con la arrendadora. Vea el caso.

Alquiler de local y aplicación de la cláusula “rebus” por el estado de alarma

Iniciar un negocio es complicado. El alquiler de un local es uno de los gastos destacados. Si ocurre un cambio sustancial e imprevisible de las circunstancias no se justifica en principio el dejar de pagar la renta o reducir su importe. Comentamos el caso de un arrendatario que quiso rebajar la renta tras el inicio de la pandemia y sus restricciones. En este caso sin éxito.

Iván alquiló un local de negocio en febrero de 2019 con una renta mensual de 900 euros. Tras el inicio de la pandemia del covid y la declaración de sucesivos estados de alarma, que afectaban al horario del local y a su aforo, en enero de 2021 Iván demandó a la arrendadora solicitando que el juez redujera el importe de la renta del alquiler, por el cambio extraordinario y sustancial de circunstancias del contrato, en aplicación de la doctrina conocida como cláusula “rebus sic stantibus”. No pidió la aplicación de alguna de las normas extraordinarias aprobadas por el Gobierno aquellos días, sino que argumentó directamente con esa doctrina.

En septiembre de 2021 el juez de primera instancia estimó en parte la demanda y estableció una rebaja de la renta del alquiler de un 30% con efecto desde el primer estado de alarma, desde la mensualidad de abril de 2020.

Otro caso de condena al local por impago de rentas en pandemia.

 

La Audiencia estima el recurso de la arrendadora

Pero la Audiencia Provincial de Madrid estimó el recurso de la arrendadora en julio de 2022 y rechazó la petición de Iván, quien recurrió al Supremo. El Tribuna dictó sentencia con fecha 18 de diciembre de 2025.

Desde el inicio del arrendamiento surgieron desavenencias entre las partes sobre la asunción de determinadas obras en el local y sobre las condiciones de explotación de unas máquinas tragaperras. Hubo algún

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