El IPC al 1,9%, ¿cuánto sube la renta del alquiler?
Ante la subida desbocada de la inflación, agudizada desde el inicio de 2022 con el impacto de la guerra de Ucrania y otros factores, el Gobierno decidió aprobar unas reglas especiales para limitar la subida anual de la renta de alquiler en contratos de alquiler de vivienda vigentes.
En lugar de aplicar el IPC, se aprobaron estos cambios para el año 2023 y el 2024.
Aquí vamos a responder a estas preguntas:
¿Cuál es la subida de renta en 2023?
¿Por qué querría el inquilino admitir una subida superior al 2%?
¿Qué pasaría si el IGC cae por debajo del 2%?
¿Qué ocurre si el arrendador es un gran tenedor?
¿Quién es gran tenedor?
La subida de la renta de alquiler en 2024
La subida de renta en 2023
Contratos con pequeños arrendadores: el incremento anual de renta se puede pactar entre el arrendador y el inquilino. Si no hay un pacto expreso, la subida anual de la renta no puede superar el IGC. Este Índice de Garantía de Competitividad lo publica el INE y tiene como peculiaridad que está topado por arriba en el 2%.
El IGC de abril de 2023 fue del 4,65%. Pero como decimos, está topado en el 2%, con lo que la subida de la renta del alquiler en 2023 no podrá ser superior al 2%, salvo que las partes decidan pactar otra cosa.
Alquiler, ¿qué medidas se aplican en 2023?
¿Por qué querría el inquilino admitir una subida superior al 2%?
Puede ser por varias razones: a cambio de que el arrendador acometa determinada reforma en la casa; o a cambio de que el arrendador decida prorrogar el contrato vigente una vez que llegue a término, por ejemplo. El caso es que existe esa posibilidad de pacto. Pero si no hay acuerdo, la renta no puede subir en 2023 más del 2%.
Ocurre que el IPC adelantado de junio es del 1,9%, según el INE. ¿Puede el inquilino pedir que solo se le suba el 1,9%?
El inquilino puede pedirlo, pero si no hay acuerdo entre las partes la subida anual en 2023 será del 2%, aunque el IPC llegue a estar por debajo de ese límite.
Modelo para comunicar la subida de la renta del 2%.
¿Qué pasaría si el IGC cae por debajo del 2%?
En ese hipotético caso, se actualizará la renta con el IGC. No operaría el límite del 2% sino el del IGC que sea menor de ese 2%.
¿Qué ocurre si el arrendador es un gran tenedor?
Si el arrendador es un gran tenedor, la subida nunca puede ser superior al IGC, es decir, al 2%. Puede haber un pacto para reducir la subida, pero no para aumentarla por encima del 2%.
¿Quién es gran tenedor?
A estos efectos legales, se considera gran tenedor a la persona física o jurídica que sea propietaria de más de 10 inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 m2 de uso residencial, excluyendo garaje y trasteros.
Una comunidad autónoma que defina sus áreas de mercado tensionado puede modificar esa definición de “gran tenedor”, rebajando el número de inmuebles urbanos de que sean titulares hasta 5 o más.
La subida de la renta de alquiler en 2024
En 2024 el límite de subida de la renta NO está ligada al IGC: estará limitada en el 3%. Una vez más, si el arrendador no es gran tenedor sí será posible pactar un incremento superior al 3%.
Aquí la norma no liga la subida al IGC, por lo que si el IGC llega a estar por debajo del 3% en 2024, el límite de subida de la renta seguirá estando en el 3%, como dice el artículo 46 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo.