Análisis

¿Puedo pagar IVA en la compra de un inmueble usado, para luego deducirlo?

Ahorrar impuestos en compra de vivienda

Ahorrar impuestos en compra de vivienda

Publicado el  04 junio 2025
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Ahorrar impuestos en compra de vivienda

Ahorrar impuestos en compra de vivienda

Las segundas transmisiones de edificaciones están sujetas a Transmisiones patrimoniales, impuesto que es un gasto más para el comprador. Si va a destinar el inmueble a actividades sometidas a IVA, como ciertos alquileres, le puede interesar este modo de elegir tributar por IVA, para luego deducirlo.

 Si piensa alquilar con IVA, esto tiene sentido para el comprador

El IVA y el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) son impuestos incompatibles. O se paga uno o se paga el otro.

En la compra de inmuebles nuevos se paga el IVA y en la de inmuebles usados el ITP, salvo excepciones. Cada impuesto tiene sus reglas y sus tipos. Los tipos del ITP -que son autonómicos- son inferiores al tipo del IVA que se aplica a oficinas, locales o naves (21%), e incluso en muchos casos al IVA de viviendas (10%).

Sin embargo, aunque su importe sea más elevado, cuando hay opción de elegir, a quienes tengan consideración de empresarios les puede interesar pagar el IVA en la compra porque podrán deducir ese coste del IVA que a su vez ellos repercutan a sus clientes. Así el impuesto no les supone un mayor coste en la compra, se considera “neutro”. Es el caso de quien adquiere por ejemplo un local para ponerlo en alquiler. Vamos a ver qué requisitos se exige para poder optar por el IVA en lugar del ITP en la compra de inmuebles y en qué casos puede interesar.

Veamos qué requisitos se exigen legalmente para optar por el IVA, qué costes fiscales conlleva (vea la tabla por comunidades autónomas) y sobre todo qué ahorros nos puede generar, con un ejemplo. Junto al modo de hacer esta renuncia y cómo se gestiona el IVA tras la compra.

Requisitos para optar por el IVA en la compra

La posibilidad de optar por el IVA en la adquisición de inmuebles usados solo es aplicable cuando se den estos requisitos:

- que quien venda sea sujeto pasivo de IVA. Si vende un particular como tal (no como empresario) se aplica ITP, sin posibilidad de IVA.

- que el adquirente actúe en el ámbito profesional o empresarial con derecho a la deducción total o parcial del impuesto soportado al realizar la adquisición o cuando, sin ser profesional, vaya a dar al inmueble adquirido un destino para ser utilizado en la realización de operaciones que originen el derecho a la deducción. Como la puesta en alquiler de la edificación.

Cuándo lleva IVA el alquiler turístico.

Por ejemplo, si se adquiere un local, oficina o una plaza de garaje independiente, la puesta en alquiler de esos inmuebles conllevará IVA y el arrendador tendrá la consideración legal de empresario. Al comprar esos inmuebles interesa pagar el IVA porque es un gasto que el comprador podrá luego deducirse. Optar por el IVA pasa por presentar a Hacienda una renuncia a la exención de la aplicación del IVA, como luego veremos.

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