Rendimientos de capital mobiliario
Si en 2022 usted obtuvo intereses de cuentas, depósitos, deuda pública y privada, dividendos o rendimientos de seguros, debe saber que Hacienda ya tiene conocimiento de ellos, por lo que aparecerán ya cumplimentados esos rendimientos obtenidos así como las retenciones practicadas y los gastos deducibles. Puede comprobarlo en el apartado de “Rendimientos del capital mobiliario” de la página 5 de la declaración. Ahora bien, algunos rendimientos no se incorporan automáticamente y es usted quien debe hacerlo. He aquí algunos casos.
¿Y las retrocesiones?
Como socio de OCU, la retrocesión abonada en 2022 por parte de Singular Bank y Banco BiG por haber invertido p.ej. en los fondos Metavalor Global, Metavalor Dividendo, Beka Optima Global, Optimize Invest Selection A y Beka Premium Flexible Fund, también son rendimientos de capital mobiliario y normalmente estará ya incorporada en sus datos fiscales, por lo que tanto el ingreso como la retención deberán estar reflejadas en la casilla 0027 de la página 5 de la declaración.
Obligaciones, bonos…
Todos los rendimientos generados por bonos y obligaciones son considerados por el Fisco como un rendimiento de capital mobiliario, tanto los cupones cobrados, sus intereses, como cualquier otro. Por ello, si el año pasado los vendió o llegaron a su vencimiento deberá incluir la eventual ganancia o pérdida que haya podido obtener como diferencia entre el precio total que pagó cuando se hizo con los títulos (p.ej. en una subasta del Tesoro, incluyendo el cupón corrido) y el ingreso total de venta o amortización descontados los gastos. Respecto a estos, son deducibles los gastos de administración y depósito derivados de su tenencia.
• Para declarar el rendimiento obtenido rellene la casilla 0031. Al pulsar sobre ella se abrirá una ventana en la que deberá indicar el rendimiento íntegro obtenido, las retenciones practicadas (si es que las ha habido) y los gastos deducibles.
• Tenga en cuenta asimismo que RentaWeb no siempre cumplimenta los rendimientos de capital mobiliario cuando estos son negativos. Es el caso de la amortización a vencimiento de obligaciones cuando el precio de compra fue superior al de abono final.
Rentas que no sufren retención
Si en 2022 usted obtuvo rentas -porque p.ej. cobró unas letras del Tesoro, recibió intereses de la cuenta Livret A…- no se olvide de declarar esas rentas aunque el Fisco no le haya practicado retención a cuenta. Todos los detalles en nuestro análisis Rentas sin retención, inclúyalas en su IRPF.
Dividendos de acciones extranjeras
Lo habitual es que la Hacienda del país de origen le haga tributar por los dividendos recibidos, a través de una retención en origen que habitualmente es del 15%. Y una vez llegados estos a España, ya netos de los impuestos pagados en el extranjero, su bróker local le retenga el 19% de la cantidad resultante.
• Para evitar tributar dos veces por el mismo ingreso, nuestra normativa tiene prevista la aplicación de una deducción por doble imposición internacional para que usted termine pagando por esos dividendos lo mismo que hubiese paga-do de haberlos cobrado de una acción española. Pues bien, debe saber que RentaWeb no aplica dicha deducción de manera automática, por lo que deberá ir a la página 21/22(I) de la declaración para rellenar la casilla 0588 de “Deducción por doble imposición internacional”. Al pinchar sobre ella se abrirá una ventana. En el caso de dividendos de acciones extranjeras deberá ir al apartado “Rentas incluidas en la base del ahorro”. En la nueva ventana que se abrirá debe indicar:
– Como “Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario obtenidos en el extranjero incluidos en la base del ahorro” el importe bruto (en euros) del dividendo recibido.
– Como “Impuesto satisfecho en el extranjero” la retención practicada en el extranjero, con un máximo del 15% del dividendo.
• Si a usted le retuvieron más del 15% en el extranjero, no tiene por qué darlo por perdido. En estos casos no es la declaración de IRPF el mecanismo para recuperar el exceso de retención. Algo que, en caso de que merezca la pena, deberá tramitar de forma independiente (vea nuestros modelos de documentos fiscales pinchando en el icono de la calculadora en la home).
¿Más información?
En este enlace le explicamos cómo declarar las ganancias y pérdidas de patrimonio en su IRPF del ejercicio 2022.
También puede consultar nuestra Guía Fiscal (ejercicio 2022) y su correspondiente Separata Foral si reside en el País Vasco o Navarra o recurrir a nuestra asesoría fiscal llamando al teléfono 913 009 153 en horario de lunes a jueves de 9:00 a 18:00 horas y viernes de 9:00 a 14:00 horas.