Mejor, cumpla con su obligación
“El año pasado obtuve algunas rentas por las que no sufrí retención a cuenta del IRPF pues cobré una letra del Tesoro, recibí intereses de la Livret A y vendí unas acciones ¿Qué pasa si me olvido de incluirlos en mi próxima declaración de IRPF?”
El hecho de que el Fisco no realice retención a cuenta no implica que usted no esté obligado a declarar esas rentas obtenidas. Tenga en cuenta que los residentes en territorio español están obligados a tributar por las rentas obtenidas en todo el mundo.
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Mejor, cumpla con su obligación
“El año pasado obtuve algunas rentas por las que no sufrí retención a cuenta del IRPF pues cobré una letra del Tesoro, recibí intereses de la Livret A y vendí unas acciones ¿Qué pasa si me olvido de incluirlos en mi próxima declaración de IRPF?”
El hecho de que el Fisco no realice retención a cuenta no implica que usted no esté obligado a declarar esas rentas obtenidas. Tenga en cuenta que los residentes en territorio español están obligados a tributar por las rentas obtenidas en todo el mundo. Es más, aunque el resto de sus ingresos no le obligue a presentar declaración puede que se viera obligado a ello en caso de obtener algunas de estas rentas sobrepasando ciertos límites p.ej. de letras del Tesoro o ganancias (lea nuestra Guía Fiscal, consultas 001 y 008). De ahí que no suela ser buena idea olvidar incluir estos ingresos en su declaración.
• Eso sí, si usted nos está preguntando si se trata de rendimientos “opacos” al Fisco -y, por tanto, si se le olvida incluirlos en su declaración Hacienda tardará más o menos en pedírselos-, puede dar por sentado que los del Tesoro le llegan de primera mano y que todos los brókeres nacionales están obligados a comunicarle las transacciones que usted realiza. Por ello, y aunque puede que Hacienda desconozca el montante de la ganancia o pérdida obtenidas, sí conoce que usted ha realizado esa operación. De hecho, tanto los rendimientos obtenidos con las letras del Tesoro como la transmisión de acciones aparecerán en sus datos fiscales. En cuanto a la Livret A, los rendimientos no aparecerán en los datos fiscales y no tenemos constancia de que estos datos lleguen directamente al Fisco español, aunque también es verdad que Francia no cuenta con secreto bancario y, por tanto el Fisco español podría solicitarlos a la entidad francesa, por lo que no debe olvidar incluirlos en su declaración.