“Arte y Naturaleza”: ¿la pérdida puede imputarse al heredero?
Tras finalizar en 2025 del concurso de “Arte y Naturaleza”, los afectados por esta estafa ya pueden declarar en el IRPF la pérdida sufrida por el dinero no recuperado. Pero ¿qué ocurre si el titular de la inversión falleció antes de poder declarar la pérdida?
En tal caso,sus herederos también pueden declarar la pérdida, siempre que acrediten que heredaron el crédito frente a “Arte y Naturaleza.” La clave es que ese crédito formaba parte del patrimonio del fallecido y pasa a sus herederos.
Si usted heredó el crédito de un inversor afectado y necesita saber exactamente qué documentos te exigirá Hacienda para deducir esta pérdida, hágase socio de OCU Inversiones en donde le explicamos todas las pautas para tramitar correctamente su declaración.
“Arte y Naturaleza”: ¿la pérdida puede imputarse al heredero?
Tras finalizar en 2025 del concurso de “Arte y Naturaleza”, los afectados por esta estafa ya pueden declarar en el IRPF la pérdida sufrida por el dinero no recuperado. Pero ¿qué ocurre si el titular de la inversión falleció antes de poder declarar la pérdida?
En tal caso,sus herederos también pueden declarar la pérdida, siempre que acrediten que heredaron el crédito frente a “Arte y Naturaleza.” La clave es que ese crédito formaba parte del patrimonio del fallecido y pasa a sus herederos.
Estafa piramidal
“Arte y Naturaleza” se ofrecía como una inversión en obras de arte con recompra futura y con promesas de revalorizaciones difícilmente creíbles en la práctica: se hablaba de rendimientos del entorno del 10% anual a un año e incluso de hasta el 15% o 17% anual a cinco años. En su día, en OCU Inversiones advertimos de que esas rentabilidades no eran realistas, aconsejando mantenerse alejado de este “negocio” que olía bastante turbio. Pues bien, tras una década comercializándose, en 2006 la empresa entró en concurso de acreedores suspendiendo sus actividades y dejando a más de 19.000 perjudicados y 434 millones de euros pendientes de recuperar.
· En 2018 el Tribunal Supremo confirmó que “Arte y Naturaleza” fue el instrumento de una estafa piramidal mediante la venta de obras de arte sobrevaloradas. Pero no ha sido hasta la conclusión del concurso de acreedores en 2025, cuando ha quedado legalmente fijado, con un fiasco para los afectados, el importe no recuperado: la masa dineraria final disponible equivale a menos del 2% del importe principal reconocido en la estafa.
La pérdida ya puede declararse en el IRPF
Si usted era titular de una inversión en “Arte y Naturaleza”, ya puede declarar la pérdida sufrida en el IRPF de 2025, que se presenta este año. De esta forma podría pagar menos impuestos ya que esa pérdida se compensa primero con otras ganancias patrimoniales de la base general y, si aún queda saldo negativo, con el resto de las rentas de esa misma base, con el límite del 25%.. Vea todos los detalles en nuestro artículo Afectados de Arte y Naturaleza: cómo declarar las pérdidas en el IRPF 2025
Y si el titular falleció antes de poder hacerlo?
Sus herederos también pueden declarar la pérdida, siempre que acrediten que heredaron el crédito frente a “Arte y Naturaleza.” La clave es que ese crédito formaba parte del patrimonio del fallecido y pasa a sus herederos. Conviene conservar la documentación que acredite la condición de heredero, la titularidad del crédito, el certificado de pérdida patrimonial emitido por la administración concursal y los justificantes de cualquier cantidad cobrada o consignada. Hacienda no aplicará esta pérdida de oficio.
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