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Ayudas en Madrid para obras en vivienda
hace 4 días - lunes, 5 de junio de 2023Ayudas para obras en vivienda en Madrid
La Comunidad de Madrid ha ampliado hasta el 30 de septiembre de 2023 la convocatoria de ayudas para obras en viviendas particulares, ya sean unifamiliares o en bloque.
Se financian actuaciones u obras de mejora de la eficiencia energética de las viviendas que constituyan el domicilio habitual y permanente de los propietarios, usufructuarios o arrendatarios.
Se trata de actuaciones que consigan una reducción de al menos el 7% de la demanda energética de calefacción y refrigeración, rebajar el consumo de energía primaria no renovable un 30% o la sustitución de elementos constructivos de la fachada (envolvente térmica), como el cambio de ventanas. Solo podrá presentarse una solicitud por vivienda, aunque incluya varias actuaciones.
El coste mínimo de la actuación ha de ser igual o superior a 1.000 euros por vivienda. El importe de la subvención será del 40 % del coste de la actuación, con un límite de 3.000€.
Junto al coste de las obras, es subvencionable el certificado y los honorarios de los profesionales que intervengan. No el coste de las licencias o tributos, salvo el IVA cuando el titular no pueda deducírselo.
Esta subvención es compatible con otra que pueda recibir su comunidad para reformar el edificio, siempre que no se subvencione el mismo coste.
La ejecución de todas las actuaciones subvencionadas tendrá que haber finalizado antes del 30 de junio de 2026. El plazo para ejecutar las obras no podrá exceder de 12 meses, contados desde la fecha de concesión de la ayuda.
Documentación a presentar
La web de la Comunidad de Madrid recoge este listado de documentos que debe presentar.
- Datos del solicitante, NIF. En el caso de que el solicitante sea un agente o gestor de la rehabilitación, acuerdo del destinatario último de las ayudas que le faculte y autorice a actuar como tal.
- En su caso, datos del representante, NIF, así como la acreditación de la representación que ostenta.
- Autorización del propietario cuando el solicitante sea el inquilino.
- Datos de la vivienda; nota simple actualizada y volante de empadronamiento del solicitante.
- Proyecto de la actuación a realizar o memoria justificativa de la actuación.
- Certificado de eficiencia energética del edificio inicial y final, debidamente registrado en el registro correspondiente.
- Certificado de la instalación térmica, en su caso.
- Contrato u oferta firmada y presupuesto desglosado por partidas, mediciones, precios unitarios y totales.
- Si las obras están iniciadas, deberá indicarse en la memoria y en Declaración responsable. Si las obras no están iniciadas, Declaración Responsable de no haber iniciado las obras.
- Reportaje fotográfico inicial.
- Anexos que correspondan según programa, debidamente cumplimentados.
Deducciones fiscales por obras
Existen deducciones fiscales de hasta el 60% en el IRPF (hasta 15.000€) por la realización de obras, en función de los ahorros energéticos obtenidos y, además los ingresos obtenidos por estas ayudas quedarán exentos de tributación.