¿Qué cantidades conviene asegurar?
Normalmente la aseguradora le recomendará un capital a asegurar para el continente con los datos que ella obtenga del catastro o con los que usted le haya facilitado como son: superficie, año de construcción, elementos accesorios, estado de conservación, etc. Es aconsejable contratar el capital que nos recomiende la compañía. Si no lo hace podemos incurrir en infraseguro, si contratamos por debajo del valor del bien asegurado, o en sobreseguro, que es contratar por encima del valor real del bien con el incremento de prima consiguiente.
Pero siempre conviene comparar la propuetas de la aseguradora con la estimación del coste de reconstrucción de su casa, que le mostramos aquí.
Para el importe del capital de contenido, la aseguradora también le hará una propuesta. En este caso es recomendable que sea usted el que haga inventario y sume el valor de todos los bienes que hay en su vivienda: mobiliario, enseres, lámparas, ropas, joyas, objetos de valor especial…
Si busca un buen seguro de hogar antes de la renovación visite el comparador de seguros de OCU.
El riesgo del infraseguro
En caso de contratar por un importe inferior al del bien asegurado, salvo que haya pactado lo contrario, la compañía aplicará la regla proporcional. Esto significa que pagará el siniestro en la proporción que exista entre el valor del bien asegurado y el valor real de dicho bien. En algunas ocasiones si la desviación es inferior a un porcentaje, (10%-20%) o si ha contratado el capital que le ha propuesto la compañía, ésta renuncia a aplicar la regla proporcional.
Por ej.: si una vivienda se asegura por 100.000€ y el valor de la vivienda, sin tener en cuenta el valor del suelo, es de 150.000€, estaremos asegurando por el 67% de lo que cuesta. En caso de producirse un siniestro por 30.000€ la compañía le indemnizará por 20.000€ que supone el 67%. Como hemos indicado anteriormente, en algunas ocasiones si la desviación no es superior a un porcentaje la compañía podría no aplicar la regla proporcional.
En nuestros estudios hemos visto compañías como es el caso de Caser, Generali, Axa, Santa Lucía, Catalana Occidente, Reale, Plus Ultra, Fiatc, que ofrecen la posibilidad de compensar capitales, es decir si hay exceso de capital asegurado para el continente, se podrá aplicar ese exceso al contenido, o viceversa.
En el caso de sobreseguro pagará más prima que la que corresponde, ya que el importe real del bien es inferior a lo declarado. En caso de siniestro la compañía le va a indemnizar por el importe real del bien, no por el valor asegurado, por tanto habrá pagado más prima a cambio de nada.
El sobreseguro es ilegal, ya que el seguro no puede ser objeto de enriquecimiento injusto, pero si se demuestra que ha sido fruto de un error podrá reclamar, según la ley del Contrato de Seguro, a la aseguradora la prima pagada en exceso.
Opciones de contratación de los capitales
A la hora de realizar la contratación es importante saber que podemos contratar a valor total o a primer riesgo. Esto tanto para el caso del capital de continente, como para otras coberturas. Donde más incide esta decisión es en el capital de continente.
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Continente a valor total:
Protegeríamos toda la estructura: techos, ventanas, persianas etc. Se asegura la reparación al 100%.
Si quiere afinar en la valoración del continente, tenga en cuenta estas referencias de costes.
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Continente a primer riesgo:
No se asegura por el valor del continente real, sino por un valor inferior, con esto en algunas ocasiones podría abaratar la póliza, pero en caso de destrucción total de la vivienda, el reembolso que se recibirá no cubrirá el importe de la reparación necesaria, sino el importe contratado en póliza.
Esta opción sólo es recomendable contratarla en dos supuestos:
- Su vivienda forma parte de una comunidad de vecinos y ésta tiene seguro de Comunidad. En algunas ocasiones el seguro de la Comunidad cubre parte del seguro del continente de su vivienda, por lo que antes de hacer el seguro, revise la póliza de su comunidad y las coberturas de ésta, para que no haya concurrencia de seguros: cubierto por el seguro de la Comunidad y el contratado por usted para su casa. En caso de no tener claro lo que cubre su seguro de la Comunidad, opte por no contratar esta opción.
- También lo podría contratar para el supuesto de vivir en alquiler, si es arrendatario, con estas pólizas evita problemas en caso de que el arrendador no tuviera seguro, pero es recomendable que lo comente con su arrendador.
No obstante, no se lance a contratar un seguro de continente a primer riesgo, aunque el seguro de su Comunidad fuera excelente, sin comparar precios del seguro a primer riesgo continente vs valor total, a veces nos podemos llevar sorpresas: que la prima varíe una cantidad que no merece la pena contratar a primer riesgo, o que si contratamos a primer riesgo nos obliguen a contratar un seguro con menos prestaciones, gama baja, como es el caso de Generali, limitando coberturas, límites etc.