OCU con los damnificados por la DANA
Las personas que han sufrido daños personales y materiales como consecuencia de la DANA necesitarán apoyo durante mucho tiempo.
En OCU hemos puesto a disposición de los afectados un teléfono para informar sobre la reclamación de los daños sufridos: pueden llamar al teléfono 91 300 91 46, de 9 a 18 h.
Igualmente, OCU Comunidad Valenciana informa sobre la reclamación de daños en el 960 450 419.
OCU Castilla-La Mancha informa sobre la reclamación de daños en el 925 95 10 10.
OCU Málaga informa sobre la reclamación de daños en el 951 560 028.
Para los riesgos extraordinarios responde el Consorcio
Cuando tienes un seguro, los riesgos extraordinarios los cubre un organismo que se llama el Consorcio de Compensación de seguros.
Ante el temporal y las inundaciones de estos días, en las zonas donde se hayan dado las condiciones establecidas para un riesgo extraordinario por el Consorcio de Compensación de Seguros, este organismo será quien se haga cargo de las indemnizaciones por los daños a las personas, los vehículos y las viviendas, siempre que estén asegurados y, en el caso de los automóviles, aunque solo sea con la Responsabilidad Civil.
Se consideran riesgos extraordinarios los causados por fenómenos de la naturaleza, desde inundaciones, a huracanes, terremotos... y también otros como los daños causados por actos de terrorismo. En principio estos riesgos no son asumidos por las aseguradoras privadas, sino por el Consorcio de Compensación de Seguros, un organismo público que funciona como aseguradora frente a esos siniestros causados por hechos extraordinarios. Ahora bien, el Consorcio solo responde si el usuario tiene previamente contratado un seguro.
Otros seguros para particulares donde entraría en juego la cobertura para riesgos extraordinarios serían los de seguros de hogar y comunidades. Los seguros de vida y accidentes, por su parte, cubren daños físicos incluso aunque estas coberturas se contraten de forma complementaria a otro tipo de seguro o en el marco de un plan de pensiones.
Primera ayuda de 6.000 euros para viviendas afectadas por la DANA en la Comunidad Valenciana.
Para los daños que no son extraordinarios
Si por las inclemencias del tiempo has sufrido daños que no provengan de un riesgo extraordinario, desde OCU te animamos a revisar tu seguro, porque podría hacerse cargo de esos daños... siempre que tengas contratada la cobertura adecuada:
- En el caso de automóviles, podrán reclamar los daños a las compañías de seguro los usuarios que tengan contratado un seguro de daños propios en la modalidad de todo riesgo (donde normalmente están cubiertos los daños por granizo como impacto o choque de objetos), quienes tengan un seguro con lunas, en caso de que hubiera rotura de ellas.
- En las viviendas, hay algunos riesgos y fenómenos de la naturaleza que sí están cubiertos por el seguro de hogar cuando no llegan a los límites de intensidad a partir de los que interviene el Consorcio.
Ayudas para reparar los daños: qué, cómo
Los daños materiales provocados por la DANA son muy cuantiosos: mercancías, casas, coches... muchas personas han perdido todo. Se ha declarado “zona catastrófica”, o más exactamente, “zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil". No es para menos.
Zona catastrófica: ¿qué supone esto para los ciudadanos?
Que será el Estado quien se ocupe de la reparación de los daños materiales sufridos por las personas y empresas, con ayudas que se irán estableciendo.
- Se darán ayudas para paliar los daños en viviendas.
- Ayudas para enseres de primera necesidad
- Las ayudas a empresas pueden ser directas, préstamos ICO, exenciones de impuestos...
- También se establecen ayudas para las explotaciones agrarias, ganaderas, forestales...
Cómo actuar si sufres daños por un temporal
Si este terrible temporal o una tormenta te han causado daños.Revisa las condiciones de tu seguro y reclama:
- Si el siniestro es claramente extraordinario, comunícalo inmediatamente al Consorcio: puedes hacerlo en www.consorseguros.es.
- Si no está claro, comunícalo tanto a tu aseguradora como al Consorcio.
Es importante recopilar todas las pruebas que puedas para demostrar el origen y consecuencias del daño (desde recortes de periódicos, fotos, informes de emergencias, policía, protección civil, bomberos...) y, si es posible, busca testigos.
Explicamos ahora algunas cuestiones sobre las coberturas del seguro en estos casos.
Alguien de mi familia o yo mismo he padecido daños físicos, ¿tengo derecho a una compensación?
En cuanto a indemnizaciones, dependerá de los daños y si está asegurado frente a ellos.
En este caso, se trata de hechos accidentales que tienen su origen en riesgos extraordinarios, por lo que, si tiene cubiertas las consecuencias (incapacidad temporal, hospitalización, secuelas por invalidez parcial, invalidez permanente profesional o total, invalidez permanente absoluta, gran invalidez, etc.) dentro de seguros de vida o accidentes, tendría derecho a la indemnización prevista en ese seguro. Es indiferente que estas coberturas se contraten de forma individual o colectiva (por ejemplo, a través de la empresa para la que trabaje o de alguna asociación a la que pertenezca), y tanto si se trata de una cobertura principal como complementaria a otro tipo de seguro o en el marco de un plan de pensiones.
No lo pagaría directamente su aseguradora privada, lo haría el Consorcio de Compensación de Seguros, que es una aseguradora pública que se ocupa de este tipo de siniestros. Podrá solicitar la indemnización aquí.
Alguien de mi familia ha fallecido, ¿qué seguros podrían ofrecer cobertura?
Si el familiar estuviera asegurado frente al riesgo de fallecimiento, sería válida la respuesta de la pregunta anterior en cuanto a la obtención de una indemnización para los beneficiarios de esa póliza.
Si el familiar contaba con un seguro de decesos, podrá solicitar sus servicios para realizar los traslados y organizar el sepelio. Puede que además cuente con otros servicios accesorios: ayuda psicológica, gestoría para trámites hereditarios, borrado de la huella digital, etc.
También es posible, en los seguros de vida, contar con alguna ayuda para esta circunstancia: adelanto de capital para gastos de sepelio, por ejemplo.
Si el fallecido se encontraba de viaje o conduciendo, podría entrar en juego un seguro de asistencia en viaje particular o el del propio automóvil, donde podrá encontrar coberturas para su traslado o repatriación, en caso de ser un ciudadano de otro país.
He sufrido daños en mi coche o en mi moto, ¿los tengo cubiertos?
Sí, los automóviles que requieren un seguro obligatorio para circular, aunque solo tengan contratado el seguro a terceros, tienen cubiertos los daños que se ocasionen por un riesgo extraordinario y con cargo al Consorcio de Compensación de Seguros, que es una aseguradora pública que se ocupa de este tipo de siniestros. Podrá solicitar la indemnización aquí.
Si las inclemencias del tiempo no alcanzaron la intensidad suficiente para calificarse como riesgo extraordinario, te animamos a revisar tu seguro, porque podría hacerse cargo de esos daños... siempre que tengas contratada la cobertura adecuada. En el caso de automóviles, podrán reclamar los daños a las compañías de seguro los usuarios que tengan contratado un seguro de daños propios en la modalidad de todo riesgo (donde normalmente están cubiertos los daños por granizo como impacto o choque de objetos), quienes tengan un seguro con lunas, en caso de que hubiera rotura de ellas.
He sufrido daños en mi vivienda, ¿los tengo cubiertos?
Los inmuebles que cuenten con un seguro de hogar o comunidades tienen cubiertos los daños causados por riesgos extraordinarios, independientemente de que sea una vivienda principal o secundaria. De la tramitación e indemnización se ocuparía el Consorcio de Compensación de Seguros, que es una aseguradora pública que se ocupa de este tipo de siniestros. Podrá solicitar la indemnización aquí.
También, hay que tener en cuenta que hay algunos riesgos y fenómenos de la naturaleza que sí están cubiertos por el seguro de hogar o de la comunidad cuando no llegan a los límites de intensidad a partir de los que interviene el Consorcio. En este caso, es importante recopilar todas las pruebas que puedas para demostrar el origen y consecuencias del daño (desde recortes de periódicos, fotos, vídeos informes de emergencias, policía, protección civil, bomberos...) y, si es posible, busca testigos.Independientemente del seguro, al declarar la Administraciones la zona como catastrófica y aprobar ayudas adicionales, en cada ocasión se determinarían los requisitos de acceso a estas ayudas.