- Gestión patrimonial
- Fiscalidad
- Vea las deducciones de IRPF por vivienda en Galicia
Vea las deducciones de IRPF por vivienda en Galicia
hace un año - viernes, 26 de noviembre de 2021Comunidad de Galicia: Deducciones en IRPF por vivienda 2021
¿Puede aplicarse alguna deducción fiscal por su vivienda? Repasamos las 5 deducciones que ha previsto Galicia en el IRPF relacionadas con la vivienda.
Si ha vendido una vivienda, ¿cómo debe declararla?
Cómo ahorrar impuestos en inmuebles.
Nuevas deducciones en IRPF para obras de eficiencia energética.
Deducción por arrendamiento de vivienda habitual
Si vive en una vivienda alquilada y cumple unos requisitos, podrá deducir el 10% de lo satisfecho en el período impositivo por el arrendamiento de la vivienda habitual. Los requisitos son los siguientes:
a) La edad del contribuyente, en la fecha del devengo del Impuesto, sea igual o inferior a 35 años. En tributación conjunta, el requisito debe cumplirse al menos por uno de los cónyuges o, en su caso, el padre o la madre.
b) La fecha del contrato de arrendamiento sea posterior al 1-1-2003.
c) La base imponible del período, antes de la aplicación de las reducciones por mínimo personal y familiar, no supere 22.000 €.
d) Se haya constituido el depósito de la fianza en el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, o bien se posea copia compulsada de la denuncia presentada ante dicho organismo por no entregarle dicho justificante la persona arrendadora.
Hay un límite de 300 € por contrato de arrendamiento o, en su caso, el 20% con un límite de 600 € si tiene dos o más hijos menores de edad. Las cuantías fijadas por esta deducción se duplican en el caso de que el arrendatario tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Cuando dos contribuyentes tengan derecho a la deducción, el importe total de esta puede prorratearse por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos, sin exceder del límite establecido por contrato de arrendamiento.
Inversión en instalaciones de climatización y/o de agua caliente sanitaria que empleen energías renovables
La deducción es del 5%, con el límite de 280 € por contribuyente, por las cantidades satisfechas en el ejercicio en la vivienda habitual para esos conceptos, que sean destinadas exclusivamente al autoconsumo.
En edificios de viviendas en régimen de propiedad horizontal que sean de nueva construcción o en los que se proceda a la sustitución de los equipos de generación térmica por otros que empleen energías renovables, puede aplicar la deducción cada uno de los propietarios individualmente, en función de la cuota que le corresponda en la comunidad de propietarios.
Debe realizarse por instaladores habilitados y el pago debe efectuarse mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito.
Requisitos:
- que la instalación esté debidamente registrada por el instalador habilitado en la Oficina Virtual de Industria (OVI). Al titular o empresa que registró la instalación se le remitirá un código de verificación de la instalación;
- aportar a través de la OVI una serie de documentación, en el plazo para presentar la autoliquidación correspondiente al período impositivo en el que se sufragó la instalación. Como el presupuesto analizado de la instalación; facturas emitidas por el instalador; justificantes de pago por la totalidad del coste de la instalación. En comunidades de propietarios hay se debe emitir un certificado de las aportaciones económicas correspondientes a cada comunero.
- En la declaración tributaria del sujeto pasivo debe constar la referencia al código de la instalación proporcionado por la OVI en el certificado de registro de la instalación.
Deducción por
Los análisis y consejos de nuestros expertos están reservados a los socios.
¿Desea acceder a este contenido completo? Regístrese gratis ¿Ya es socio? Por favor, inicie sesión.