Techos solares, la joya de la corona
Los paneles solares y el autoconsumo eléctrico no es solo cosa de viviendas unifamiliares. Las instalaciones para autoconsumo se pueden poner también en edificios de pisos con las que los vecinos podrían beneficiarse de grandes ahorros con energía fotovoltaica e incluso recibir ingresos por el exceso de energía, si existiera. El autoconsumo colectivo consiste en instalar una fuente de energía renovable para autoconsumo de un grupo de personas, los vecinos que se hayan puesto de acuerdo. Cabe la conexión directa a las placas solares, sin necesidad de que la energía pase por la red de distribución.
Para aprovechar la energía producida en horas céntricas del día, con menos consumo propio, esta instalación puede acogerse al sistema de “compensación de excedentes”, por el que aporta a la red energía no consumida a cambio de una compensación económica en forma de descuento mensual en la factura.
Hay distintos tipos de instalación según las necesidades de consumo eléctrico que satisfaga. Si cubre el consumo eléctrico de las viviendas, la instalación será propiedad de los vecinos que participen en ella. Si cubre el consumo del edificio o el consumo del edificio y el de las viviendas, la instalación será comunitaria. En cualquier caso, existirá un contador para controlar la cantidad de energía que se genera y cómo se reparte.
Le exponemos los costes y los ahorros que lograría una comunidad de propietarios instalando paneles solares. Véalo junto con las ventajas que obtendrá por ser socio de OCU.
Mayorías para un acuerdo
En la Ley de Propiedad Horizontal, la implantación de fuentes de energía renovable de uso común, así como la solicitud de ayudas y subvenciones, préstamos o cualquier tipo de financiación por parte de la comunidad de propietarios a entidades públicas o privadas para la realización de tales obras o actuaciones, requerirá el voto favorable de la mayoría simple de los propietarios, que representen a su vez la mayoría simple de las cuotas de participación, siempre que su importe repercutido anualmente, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas y aplicada en su caso la financiación, no supere la cuantía de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes
Aun sin esa mayoría, la instalación de sistemas comunes o privativos de aprovechamiento de energías renovables o las obras necesarias para acceder a nuevos suministros energéticos colectivos, se puede acordar -a petición de cualquier propietario- por un tercio de los propietarios que, a su vez, representen un tercio de las cuotas de participación. Ahí el coste lo pagan quienes lo aprueben, y si algún vecino quiere luego acceder a esos servicios deberá pagar su parte con intereses.
En el acuerdo que se tome, puede ser interesante que cada consumidor asuma una parte del coste que sea proporcional a la cuota del posterior reparto energético. El criterio de reparto puede ser diverso: por la potencia contratada por cada vecino en su domicilio, según la participación en los costes de la instalación o en función de la cuota en la comunidad de propietarios. El reparto pactado se comunica a la distribuidora que es quien realiza los cálculos cada mes. No es preciso que todos los vecinos tengan la misma comercializadora.
Claves de la instalación solar en la comunidad
Cada instalación es personalizada, lo recomendable es pedir tres presupuestos y hacer cálculos. El estudio debe incluir tanto el potencial de energía a producir como las curvas de consumo diarias. No es lo mismo gastar energía cuando se produce que en otras horas posteriores. Es importante que toda la electricidad producida por el sistema sea consumida por los usuarios, ya que la energía restante apenas renta. No interesa generar de más. El consejo de OCU es que la potencia instalada no sobrepase el 60% del consumo previsto.
Un ejemplo: para cubrir el 30% de la demanda de energía en una zona climática D, como Madrid, Pamplona o Zaragoza, es necesario disponer de una superficie de entre 8 y 12 m2 de tejado por vecino de la comunidad de propietarios. Debe ser una superficie sin sombras de los edificios circundantes, de las propias chimeneas o de cualquier otro obstáculo y preferiblemente orientada al sur. En estas condiciones la amortización de la instalación se realizaría en un máximo de 7 años. En zonas con más horas de sol la amortización se alcanza antes. Hay posibles rebajas en el IBI para inmuebles con estas instalaciones.
Coste y ahorro de instalación solar
Un edificio de 20 vecinos en Madrid decide acometer una instalación fotovoltaica. Para el conjunto de zonas comunes, la factura por consumo anual antes del cambio ha sido de 31.200 €. Estudiadas las necesidades propias, se opta por una instalación de 10 kWp de potencia, lo que equivale a unos 22 paneles solares. La instalación cuesta 16.500 €. El ahorro anual en la factura es de 5.500 €, con lo que se amortiza en tres años.
Si lo vemos por vecino, para un gasto mensual actual de 60 euros en electricidad, cada vecino podría instalar 1 kWp, con un coste de 1.800 €. Como el ahorro mensual sería de 50 euros, se amortizaría en unos tres años.
Si decidieran hacer la instalación tanto para consumo común como para el individual, el coste de instalar 66 paneles con 30 kWp de potencia sería de 47.000 €. El ahorro estimado global sería de 17.000 € al año, con lo que la amortización se haría en tres años.
Comunidad solar, alquiler de tejado
Este modelo se puede llevar fuera de la comunidad de vecinos. Su comunidad puede convertirse (o adherirse) en una comunidad solar, generando energía en su tejado con sus paneles solares y distribuyéndola a los edificios cercanos, en un rango de unos 2 km de distancia, como máximo. De esta manera, la comunidad podrá obtener ingresos además del ahorro propio.
También cabe alquilar su tejado a empresas que generen energía. Para una superficie de entre 30 y 50 m2 podrían ingresar entre 40 y 80 €/mes. Con una superficie de 100 - 500 m2, la renta sería de entre 200 y 600 €/mes.
Cómo le ayuda OCU con los paneles solares
En OCU le ofrecemos un comparador de paneles solares y un simulador personalizado de sistemas fotovoltaicos con una estimación de ahorro para su consumo, espacio disponible, ubicación, etc.
www.ocu.org/vivienda-y-energia/energia-renovable/calculadora/sistemas-fotovoltaicos/preguntas
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Otras fuentes de ingresos: casa de portero y antenas
Allí donde existe, el arrendamiento de la vivienda del antiguo portero es una práctica común. Se necesita el consentimiento de una mayoría de tres quintos de los propietarios y cuotas correspondientes. Los ingresos no suelen ser iguales a los del alquiler de una vivienda ordinaria, debido a las condiciones que a menudo caracterizan a estos pisos, más pequeños y ubicados en plantas bajas o próximas al cuarto de calderas, entre otras características, y porque la comunidad suele invertir más recursos en adecuar y mantener el apartamento que un arrendador individual. Pero no es un ingreso desdeñable y suele ser estable.
- El paisaje de las antenas de telefonía en las azoteas de las ciudades está bastante consolidado, especialmente en los edificios con mejores condiciones de ubicación y altura. Pero la tecnología evoluciona y surgen nuevas necesidades para las compañías de telecomunicaciones, sobre todo si se trata de edificios nuevos en zonas de expansión. Puede ser una buena fuente de ingresos para la comunidad negociando bien la renta y las condiciones.
Elementos comunes para sacarles jugo
Hay inmuebles que cuentan con locales comerciales que son propiedad de la comunidad de propietarios y que generan unos ingresos recurrentes por su arrendamiento. Lo ideal para el local son los contratos a largo plazo con cadenas de supermercados pequeños o medianos. Los locales de restauración suelen generar más problemas de convivencia. Por otro lado, en determinadas situaciones donde la comunidad va a realizar una gran obra y necesita efectivo, podría plantearse vender el local a un particular. Eso supone “desafectar” el local y para aprobar esta operación se requiere alcanzar un acuerdo unánime, al igual que si vendieran la citada casa del portero. También cabría estudiar la posibilidad de convertir el local en una o varias viviendas.
En otros casos la comunidad es propietaria de plazas de garaje o de zonas en sótanos o entreplantas que podrían destinarse a trasteros, con gran demanda actual (ver OFC 107).
Ingresos publicitarios para la comunidad
La publicidad puede ser otra fuente de ingresos para la comunidad. Desde carteles luminosos en azoteas hasta lonas publicitarias, pasando por pequeños anuncios de negocios cercanos en ascensores o zonas comunes. En el caso de los carteles luminosos, deberán respetar siempre la ordenanza sobre publicidad exterior en caso de que exista, que suele abordar aspectos como el tamaño máximo permitido del cartel, la ubicación, la iluminación, horarios, el contenido y la seguridad. En Barcelona, por ejemplo, se requiere un informe paisajístico para poder instalarlo. El uso de lonas publicitarias también se rige por esta normativa y en algunas ciudades lleva años restringido. Por ejemplo, en Madrid solamente se pueden usar en fachadas que estén siendo objeto de obras de rehabilitación y en Málaga no se permite que la lona tenga mensajes publicitarios, a no ser que estas repliquen la fachada del edificio.