Análisis

Error en el acta de la junta de propietarios

Publicado el   25 marzo 2022
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Vea qué hacer si el acta de la junta de vecinos no recoge bien lo que se trató en la reunión. Requisitos mínimos del acta para su validez.

Errores en el acta de la junta de propietarios

Hay ocasiones donde tras una tensa junta de propietarios se logra que se apruebe o que no se apruebe determinado acuerdo tras la discusión, y uno tiene la sensación de haber obtenido un “triunfo”, hasta que recibe el acta de la reunión y constata que su redacción no recoge con precisión lo que se decidió en la Junta.

La redacción del acta es importante porque de cara al futuro y, sobre todo, de cara a un juez, lo que cuenta es lo que diga el acta sobre los acuerdos adaptados. Un acta puede terminar en el Registro de la Propiedad, o en el banco donde se autorizan firmas, o en una administración que vaya a conceder una subvención, o ser clave para determinar la legitimidad en un juicio, etc.

Ya hemos comentado en qué casos puede un vecino impugnar un acuerdo de la junta de propietarios. Pero aquí no se trata de impugnar un acuerdo, sino de dejar claro por escrito si el acuerdo se aprobó o no se aprobó, con la mayoría que corresponda.

El acta puede corregirse siempre que recoja un mínimo de datos que le son exigibles. Para esos casos la Ley de Propiedad Horizontal en su artículo 19.3 dice que:

Serán subsanables los defectos o errores del acta siempre que la misma exprese inequívocamente la fecha y lugar de celebración, los propietarios asistentes, presentes o representados, y los acuerdos adoptados, con indicación de los votos a favor y en contra, así como las cuotas de participación que respectivamente suponga y se encuentre firmada por el presidente y el secretario. Dicha subsanación deberá efectuarse antes de la siguiente reunión de la Junta de propietarios, que deberá ratificar la subsanación ".

Pedir la corrección de errores del acta

El vecino que no esté de acuerdo con la redacción del acta debe

 

 

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