Análisis

A juicio por llamar ladrón al presidente

Condena por insultos en junta de vecinos.

Condena por insultos en junta de vecinos.

Publicado el  14 diciembre 2021
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Condena por insultos en junta de vecinos.

Condena por insultos en junta de vecinos.

Las expresiones vertidas tras una junta de propietarios llegaron al Supremo. Cómo se pondera la libertad de expresión y el derecho al honor. Uno le llamó mentirosa y morosa y la otra ladrón.

Juicio por llamar ladrón al antiguo presidente tras la Junta de vecinos

Algunas juntas de vecinos ofrecen discusiones salidas de tono donde es frecuente observar faltas de educación e insultos. Conviene mantener la cabeza fría y ser práctico. En ocasiones, insultar a alguien puede salirle caro. Incluso cuando usted crea que está justificado o que el insulto se profiere en el ardor de una discusión. E incluso aunque los jueces le den la razón en último término: habrá perdido tiempo y dinero en abogados y recursos, como en el caso que ahora comentamos.

En el trascurso de una junta de propietarios la presidenta fue interrumpida varias veces por quien había ejercido el cargo durante cuatro años previos durante los cuales se había realizado diversas obras en la comunidad, alcanzando la disputa cierto grado de tensión entre ambos. Al término de la junta, en un aparte ante pocos vecinos, siguió la discusión entre ellos y la presidenta llegó a llamar en una ocasión ladrón al antiguo presidente, quien a su vez había repetidamente tildado a ella de mentirosa durante el trascurso de la junta.

Cuestiones básicas sobre la junta de propietarios.

Este vecino demandó por intromisión ilegítima en el derecho al honor a la presidenta, quien fue condenada al pago de 1.000 euros. En apelación, la sentencia fue confirmada con condena en costas a la presidenta. La Audiencia adujo que no es comparable llamar a alguien ladrón – es ofensivo e injurioso- que tildarlo de mentirosa o morosa. Para aquellos jueces la expresión “mentirosa” era un exceso verbal, mientras que “ladrón” es una expresión ofensiva o injuriosa o vejatoria y atentatoria a la dignidad. Dicen tener en cuenta el contexto de la discusión, donde existía un rumor latente, sin ninguna prueba, de que el anterior presidente se había apropiado de fondos de la comunidad aprovechando las obras en el vestíbulo durante su mandato.

La presidenta condenada recurrió al Tribunal Supremo, quien dictó sentencia con fecha 1/12/2021.

El “derecho de réplica” en una discusión

Cuando este tipo de situaciones llegan a los tribunales los jueces deben hacer un juicio de ponderación entre lo que es la libertad de expresión de una persona y el derecho al honor de la otra. Se analiza el contexto y el alcance o repercusión de las expresiones utilizadas.

Para el Supremo, tildar a alguien de “mentiroso” o “moroso” sí tiene un claro matiz ofensivo, aunque son expresiones “menos gruesas” que la de “ladrón”. En este caso se tiene en cuenta que 

 

 

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