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Juicio por desahucio de alquiler: no cabe compensación de deudas
hace un año - miércoles, 23 de marzo de 2022La compensación de rentas por pagos en el alquiler
Un problema frecuente en contratos de alquiler es la realización de obras o gastos por parte del inquilino, que este adelanta con intención de descontar esa cantidad de la renta a pagar. Se estropea algo en la casa alquilada y el inquilino, para evitar discusiones o retrasos del arrendador, propone hacerse cargo del gasto con idea de descontarlo luego de la renta mensual.
La Ley de Arrendamientos Urbanos (art. 21) dice que el inquilino “En todo momento, y previa comunicación al arrendador, podrá realizar las (reparaciones) que sean urgentes para evitar un daño inminente o una incomodidad grave, y exigir de inmediato su importe al arrendador”.
Modelo de escrito solicitando obras de conservación necesarias en vivienda alquilada.
En el momento parecen soluciones mágicas donde todos parecen ganar: el propietario no desembolsa nada y el inquilino logra la reparación con la promesa/esperanza de recuperar ese dinero después. Pero con mucha frecuencia estas actuaciones causan conflictos a posteriori si no consta el acuerdo de las dos partes. Se recomienda dejar por escrito cualquier acuerdo en este sentido, porque nunca se sabe cómo evolucionarán las relaciones entre propietario e inquilino, aunque hoy sean buenas.
Además de dejar claro quién se va a hacer cargo de ese gasto, hay que hablar de cómo se va a pagar. Tengan mucho cuidado con las compensaciones, no hay que darlas por supuesto.
Modelo de contrato de alquiler de vivienda.
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Si deja de pagar la renta, cabe el desahucio
En el caso que comentamos, una inquilina fue condenada al desahucio por no haber pagado la renta durante meses, aunque se daba la circunstancia de que la parte arrendadora tenía una deuda con ella fruto de un procedimiento anterior.
Los arrendadores de una vivienda en Tenerife, una comunidad hereditaria propietaria de la vivienda, promovieron un juicio de desahucio de la inquilina por impago de 10 meses de renta, sin acumular la pretensión de reclamar las deudas. La inquilina no negó el impago de la renta, pero alegó que había que hacer una compensación con créditos anteriores. En un juicio anterior, los arrendadores fueron condenados a pagar a la inquilina 5.900 euros por la realización de reparaciones que correspondían a los arrendadores. También se había condenado en costas a los arrendadores, por importe de 1.600 euros.
En primera instancia se aceptó la compensación y se rechazó el desahucio. Pero la Audiencia Provincial estimó el
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