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La renta pactada en los contratos de alquiler de viviendas no puede modificarse de cualquier modo. La Ley de Arrendamientos Urbanos regula el modo en que la actualización de la renta puede hacerse. Pero la LAU ha sufrido cambios en los últimos años, y a cada contrato se le aplica la redacción que la Ley tenía en el momento de la firma del contrato.
Por tanto, en cada caso hay que mirar la fecha del contrato de alquiler, la mención que el contrato haga a la actualización de rentas y si dicha redacción contractual respeta lo establecido en la LAU vigente en aquella fecha de inicio del contrato de alquiler.
Estas reglas no se aplican a los arrendamientos de vivienda llamados de renta antigua, anteriores al 1 de enero de 1995 en que comienza la vigencia de la actual Ley de Arrendamientos Urbanos, Ley que ha sufrido algunas modificaciones puntuales en este punto que comentamos.
- para contratos firmados hasta el 6 de junio de 2013, durante los cinco primeros años de contrato la actualización de la renta debe hacerse en función del incremento del Índice General del IPC.
- para contratos firmados entre el 6 de junio de 2013 y el 31 de marzo de 2015, existe libertad de pacto entre las partes, pero si no acuerdan otra cosa se aplica el mismo sistema de actualización por IPC durante los primeros tres años.
- para contratos firmados a partir del 1 de abril de 2015, persiste la libertad de pacto. Pero si no se pacta expresamente ningún sistema, no se podrá actualizar la renta en los tres primeros años.
- para contratos firmados a partir del 6 de marzo de 2019, si no se pacta expresamente ningún sistema de actualización, no podrá actualizarse la renta en los 5 primeros años (o 7 si el arrendador es persona jurídica). Y en caso de pacto, la actualización anual de la renta tendrá como límite la variación anual del IPC.
Elevar la renta del alquiler por obras y por mejoras.
En la actualidad, desde el 6 de marzo de 2019, la LAU prevé las siguientes reglas de obligado cumplimiento:
La web del INE ofrece una herramienta de cálculo de actualización de rentas con el IPC.
La LAU prevé la nulidad de los acuerdos contractuales que no respeten esas normas legales y vayan en perjuicio del arrendatario. Conviene conocerlo para evitar discusiones y problemas.
Por ejemplo, es nulo que el contrato prevea
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