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Reducción de renta en locales y declaración de IVA
hace 2 años - lunes, 1 de febrero de 2021La rebaja de la renta del local y el IVA
Si es arrendador de un local o de una plaza de garaje alquilada de manera independiente a una vivienda, o de otro inmueble distinto de una vivienda, deberá aplicar el IVA al alquiler y hacer su declaración trimestral.
El IVA en los alquileres: qué debo hacer y cuándo.
La crisis económica acentuada por la pandemia ha supuesto en muchos casos una reducción de las rentas de alquiler de los locales. No tanto por obligación legal (que solo afecta a algunos supuestos) como por el interés común de ambas partes, como hemos venido recomendando desde el inicio de esta situación.
Si ha acordado una reducción de la renta, a la hora de declarar el IVA deberá aplicar como base del cálculo la renta real que sea exigible, la que hayan acordado ahora. Siempre interesa tener constancia escrita de este acuerdo de reducción de renta, para ambas partes, y en el caso del IVA es importante poder probar ante Hacienda cuál es la renta real exigible.
Moratoria en alquiler de locales
Lo mismo cabe decir de acuerdos de suspensión del pago de la renta o de carencia en el pago. La Agencia Tributaria ha recordado que “Si arrendador y arrendatario acuerdan la suspensión del contrato de alquiler o una moratoria, suspensión o carencia en el pago de la renta, como puede ser en el caso del cierre temporal del negocio debido al estado de alarma por el COVID-19, no se producirá el devengo del IVA durante dicha suspensión, moratoria o carencia”. Para poder probar este hecho conviene que dejen por escrito el acuerdo alcanzado.