- Compraventa
- Hipotecas
- Moratoria para la hipoteca por el Covid 19
Moratoria para la hipoteca por el Covid 19
hace 2 años - miércoles, 3 de febrero de 2021
Moratoria de hipotecas por el Covid 19.
Se amplía el plazo para solicitar la moratoria de préstamos y se alarga su duración
El Gobierno aprobó en marzo de 2020 una moratoria en el pago de las cuotas de préstamos, tanto hipotecarios como personales, al objeto de evitar que los consumidores cuyos ingresos se hayan visto disminuidos como consecuencia de la epidemia de coronavirus caigan en una situación de impago.
El plazo para la solicitud de dichas moratorias finalizó el 29 de septiembre de 2020.
La prolongación de la crisis del Covid está suponiendo que consumidores que al principio no se acogieron a moratorias ahora tienen dificultades para el pago de sus préstamos. Por otro lado, muchos de los que estaban acogidos a ellas están viendo cómo finalizan los plazos y tienen que empezar de nuevo a pagar las cuotas, pero todavía no han recuperado el empleo o los ingresos para hacer frente a las mismas.
Ante problemas en el pago de la hipoteca.
Nuevo plazo de solicitud de moratoria
El Gobierno ha decidido ampliar hasta el 30 de marzo de 2021 el plazo para que los consumidores y los trabajadores autónomos vulnerables puedan solicitar el aplazamiento, siempre que cumplan los mismos requisitos que se exigían anteriormente:
- Ingresos de la unidad familiar no superiores a 3 veces el IPREM (ampliable en algunas situaciones: por hijos, mayores o dependientes a cargo, o en personas con algunas discapacidades);
- Cuota de la hipoteca más los gastos y suministros básicos, que debe ser igual o superior al 35% de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar;
- Es necesario que, como consecuencia de la emergencia sanitaria causada por el coronavirus, se produzca una alteración significativa de las circunstancias económicas de la unidad familiar, de forma que la carga hipotecaria sobre la renta familiar se haya multiplicado por al menos 1,3.
Moratorias más largas
Además, se amplía el periodo en el que se congela el pago de las cuotas, hasta un máximo de nueve meses.
De esta forma, podrán solicitar la aplicación de la moratoria durante un máximo de nueve meses tanto quienes no hubieran solicitado previamente la moratoria como quienes hubieran disfrutado de una o varias moratorias por un plazo total acumulado inferior a nueve meses.
Este plazo máximo de duración se aplica a todas las moratorias, tanto a las legales como a las sectoriales, es decir, las moratorias voluntarias que los bancos ofrecen a los clientes que no cumplen los requisitos para acceder a la moratoria legal, dentro del acuerdo sectorial de la Confederación de Cajas de Ahorro (CECA) y la Asociación Española de Banca (AEB) para unificar las condiciones aplicables a estas moratorias.
Lo mejor es negociar cuanto antes
Si cumple los requisitos, nuestro consejo es que solicite la moratoria legal cuanto antes o la moratoria sectorial si no cumple los requisitos para acceder a la primera. Negocie con el banco para lograr un acuerdo, aunque no cumpla con los estrictos requisitos legales.
En OCU le facilitamos saber si cumple los requisitos, usando nuestra calculadora OCU de moratoria de hipotecas.