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Sentencia del Tribunal Europeo: cómo recuperar los gastos de la hipoteca
hace 2 años - jueves, 16 de julio de 2020
Reclamar los gastos de la hipoteca
El TJUE establece que deben devolverse todos los gastos de la hipoteca, salvo el AJD, si la cláusula de imposición de gastos es abusiva.
Qué han dicho los jueces sobre los gastos de formalización de las hipotecas
En diciembre de 2015 una sentencia del Supremo que resolvía una demanda de OCU estableció que era nulo y abusivo que los bancos impusieran a los clientes la totalidad de los gastos de formalización. En dicha sentencia se declaró el carácter abusivo de la imposición, pero no se determinó el porcentaje de reparto, de forma que este dependía del criterio de las diferentes audiencias provinciales, que en su mayoría consideraban que eran los bancos los que tenían que pagar todos los gastos de formalización.
Sin embargo, desde esa fecha el Tribunal Supremo fue recortando las cantidades que los consumidores pueden reclamar, de manera que, aunque se mantenía la abusividad de la cláusula, prácticamente se anulaban sus efectos económicos.
Se recordará que en su sentencia de 6 de noviembre de 2018, el Supremo cambió de criterio respecto a quién debe asumir el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, estableciendo que es el consumidor el que debe asumir dicho gasto, uno de los más importantes a los que el consumidor debía hacer frente.
Posteriormente, una nueva sentencia de 24 de enero de 2019 fijó el reparto de los gastos de manera que los consumidores solo podrán reclamar la mitad del coste de la formalización de los créditos hipotecarios que firmaron en su día, excluido el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados.
La Justicia Europea corrige de nuevo al Supremo
Ahora, en una sentencia conocida el 16 de julio de 2020 y por enésima vez, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) rectifica al Tribunal Supremo español y establece que declarada abusiva la cláusula, el tribunal no puede decidir el reparto de los gastos, y se deben devolver al consumidor todos los gastos que no le correspondía pagar. Sin embargo, establece excepciones, de manera que si la ley establece quién debe asumir los gastos, habrá que atenerse a ésta.
Por tanto, una vez declarada abusiva la cláusula de imposición de gastos, los consumidores podrán recuperar todos los gastos de notario, registro, gestoría y tasación pagados en su momento.
¿Qué pasa con el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados?
En noviembre de 2018, tras diversos cambios de criterio, el Tribunal Supremo estableció que el pago del Impuesto sobre Actos jurídicos Documentados corresponde al prestatario. Aunque unos días después, concretamente el día 8 de noviembre de 2018 el gobierno aprobó un Real Decreto-Ley al objeto de modificar la norma, para que sean los bancos los que paguen el impuesto, eso sí, solo para las hipotecas firmadas a partir del día 12 de noviembre.
Por tanto, aunque se declare abusiva la cláusula de imposición de gastos, no será posible recuperar el AJD.
Reclame con OCU los gastos de la hipoteca
Una vez aclarado que el banco debe devolver todos los gastos que no correspondía pagar al consumidor, se puede reclamar la devolución.
Reclamando a través de OCU podrá acudir a la vía judicial con un despacho de abogados de reconocido prestigio, especializado en la materia.
Los honorarios cubren todas las actuaciones judiciales y extrajudiciales en todas las instancias hasta sentencia firme o acuerdo extrajudicial definitivo.
Además, si su contrato tiene otras cláusulas abusivas, como IRPH o cláusula suelo tiene la posibilidad de reclamar en un mismo procedimiento judicial por el carácter abusivo de todas esas cláusulas.
Por último, no olvide que tras otra reciente sentencia del TJUE de 9/7/2020, también podrá reclamar aunque hubiera renegociado la cláusula y firmado un acuerdo con su banco renunciando a emprender acciones judiciales. Estos acuerdos también pueden ser abusivos si no son transparentes.