Análisis

Exención del IBI para fincas rústicas en 2023

Publicado el   21 junio 2023
Tiempo de lectura: ##TIME## min.

Compartir este artículo

Si tiene una finca rústica vea si es posible beneficiarse de la exención del IBI en 2023. Tiene requisitos y hay que solicitarlo al ayuntamiento. Si ya ha pagado, podría pedir la devolución.

Exención del IBI en 2023 para fincas rústicas

Para 2023 existe una exención del IBI para fincas rústicas en toda España, sujeta a diversas condiciones.

La exención hay que solicitarla al ayuntamiento respectivo.

Si tiene derecho a la exención y ya ha pagado el IBI, pueden pedir la devolución de las cantidades ingresadas.

Requisitos para la exención del IBI en fincas rústicas

Las fincas rústicas para las que se solicite la exención deben estar afectas al desarrollo de explotaciones agrícolas o ganaderas.

El propietario y titular catastral de la finca debe ser también el titular de las explotaciones agrícolas o ganaderas que se hagan en esa finca.

Los titulares de tales explotaciones deben haber sufrido en el ejercicio 2023 una reducción del rendimiento neto de las mismas de, al menos, un 20% con respecto a la media de los años 2020, 2021 y 2022. El porcentaje anterior es de un 30%, si las explotaciones no se encuentran en zonas con limitaciones naturales u otras específicas.

 

Diríjase al ayuntamiento para solicitar la exención del IBI

Para probar esos requisitos hay que aportar al ayuntamiento declaraciones responsables, o copias de documentos públicos, registros administrativos en materia de agricultura y ganadería, registros fiscales (padrón del IBI, matrícula del IAE…), declaraciones tributarias del titular, contabilidad de las explotaciones, etc.

Exención de IBI en rústicas en 2022.

;