Análisis

¿Hace falta certificado energético para un garaje?

El certificado energético y las viviendas.

Los garajes y el certificado de eficiencia energética.

Publicado el  19 junio 2024
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El certificado energético y las viviendas.

Los garajes y el certificado de eficiencia energética.

Quien va a vender o poner en alquiler un garaje puede plantearse si necesita o no obtener un certificado de eficiencia energética, como sí se exige a viviendas y locales. La respuesta es clara y el Ministerio ha dado su interpretación. Véalo aquí.

Para qué inmuebles hace falta el certificado energético

Respecto de la posible obligación de obtener un certificado de eficiencia energética para la venta o alquiler de una plaza de garaje, la normativa no lo aclara explícitamente (no lo excluye de manera explícita), pero la interpretación más común y razonable -y la oficial- es que no es necesario.

El Real Decreto que regula el certificado de eficiencia energética (el RD 390/2021) habla de edificios o parte de edificios donde se emplea energía para acondicionar el ambiente interior. Afecta a viviendas, oficinas, locales … pero no a garajes o trasteros donde no existe ese uso de energía citado.

El Real Decreto incluye las siguientes definiciones:

  • Edificio: construcción techada con paredes en la que se emplea energía para acondicionar el ambiente interior.
  • Parte de un edificio: unidad, planta, vivienda o apartamento en un edificio, o locales destinados a uso independiente o de titularidad jurídica diferente, diseñados o modificados para su utilización independiente.
  • Recinto habitable: recinto interior destinado al uso de personas cuya densidad de ocupación y tiempo de estancia exigen unas condiciones acústicas, térmicas y de salubridad adecuadas.

Una plaza de garaje no responde a esas definiciones, no se considera espacio habitable ni requiere del uso de la energía para su acondicionamiento interior, no tiene calefacción ni aire acondicionado, por ejemplo.

La compraventa de plazas de garaje.

La aclaración del Ministerio: no para el garaje

Por si quedara alguna duda, el propio Ministerio para la Transición Ecológica publica en su web un documento con preguntas frecuentes sobre el certificado de eficiencia energética.

Contiene esta afirmación:

14. ¿Los garajes y trasteros de un edificio deben obtener el certificado de eficiencia energética?

No. El artículo 6 del Real Decreto 390/2021 aclara que para el cálculo de los indicadores de eficiencia energética se tomarán en consideración únicamente los espacios habitables del edificio.

 

También se incluye esta otra pregunta:

 

19. En el caso del alquiler o venta de un local no habitable (por ejemplo, garajes, trasteroslocales en bruto), ¿debe obtenerse el certificado de eficiencia energética?

Cuando se produzca la venta o alquiler de locales no habitables, entendiendo incluido en este concepto a los locales que no son susceptibles de calificación, el vendedor o arrendador no estará obligado a la obtención del certificado de eficiencia energética.

 

Otros organismos secundan esta misma afirmación

 Según el Instituto Catalán de la Energía,

 “No es obligatoria la obtención del certificado de eficiencia energética para los garajes o trasteros de un edificio, ya que no se consideran una "parte de un edificio" según la definición establecida en el artículo 2 del Real Decreto 390/2021 (unidad, planta, vivienda o apartamento en un edificio, o locales destinados a uso independiente o de titularidad jurídica diferente, diseñados o modificados para su utilización independiente) y, además, de acuerdo con el Código Técnico de la Edificación , se consideran espacios no habitables. En el Real Decreto 390/2021 se define edificios como construcción con paredes y techo en que se emplea energía para acondicionar el ambiente interior.”

En ese mismo sentido se han pronunciado otros organismos como la Agencia Provincial de la Energía de Alicante.

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