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Plazo de ayudas para adaptar la vivienda en Madrid
hace un año - miércoles, 13 de julio de 2022Ayudas para adaptación de viviendas en Madrid
El Ayuntamiento de Madrid tiene abierto hasta el 27 de julio de 2022 el plazo para solicitar ayudas en la ciudad para la adaptación de viviendas y locales para personas con discapacidad que residan allí de modo habitual y permanente. Cuanto antes presente la solicitud con la documentación completa, más opciones tendrá de lograrla.
Se trata del Plan Adapta Madrid 2022, que incluye obras realizadas en 2021 y en 2022, también en curso.
Son obras de adaptación, que eliminen barreras y mejoren la autonomía de las personas, para facilitar la movilidad interior, la seguridad y la accesibilidad. Además de la vivienda también están pensadas para locales situados en planta baja de edificios residenciales.
Ejemplos de obras en viviendas que pueden recibir ayudas
Las obras deben ser las adecuadas para la persona concreta con discapacidad que lo solicite, porque se estudiarán sus necesidades. Algunos ejemplos de actuaciones en el interior de la vivienda que se pueden subvencionar (siempre que sean beneficiosas para la discapacidad concreta del afectado) son:
- adaptación del cuarto de baño, platos de ducha, pasamanos, mamparas irrompibles, etc.;
- adaptación de cocinas, incluidas placas de inducción magnética con auto apagado;
- obras en pasillos y puertas, tabiques, insonorización, cristales irrompibles, pavimentos no deslizantes, instalación de grúas de techo, plataformas, etc.;
- barras, pasamanos, señalización, rampas, salva escaleras, etc.;
- soluciones domóticas que favorezcan la autonomía y la seguridad de las personas con discapacidad, sensores de presencia, ubicación de enchufes y pulsadores, alarmas, adaptación en altura o ubicación de videoporteros (no su instalación de nuevas), etc.;
- puertas automáticas, dobles cerraduras, apertura por tarjetas, rejas…
- adaptación de piscinas y accesos en vivienda unifamiliares (no en elementos comunes de edificios de viviendas colectivas).
En general, cualquier obra o trabajo que contribuya a la mejora de la accesibilidad y a la eliminación de barreras arquitectónicas. No se incluyen ayudas para camas adaptadas o articuladas. Excepcionalmente se puede obtener para grúas portátiles.
Según el tipo de obra a realizar puede ser necesario gestionar ante el Ayuntamiento una declaración responsable por las obras o una licencia urbanística.
Hay libertad de elección del contratista de las obras.
Importe de las ayudas de adaptación
La cuantía a subvencionar depende del porcentaje de discapacidad reconocido.
Si la actuación es igual o menor a 1.000 € será subvencionable con el 100% del importe, con independencia del porcentaje de discapacidad, siempre igual o superior al 33% - salvo la discapacidad visual que será igual o superior al 65% - que tengan.
Los importes de la obra que son subvencionables incluyen el IVA.
A partir de 1.000€, sumadas todas las actuaciones:
• Será subvencionable con un porcentaje del 50% si la persona con discapacidad residente ostenta un porcentaje reconocido igual o superior al 33% e inferior a 65%, hasta el límite máximo de 14.000 euros.
• Será subvencionable con un porcentaje del 70% si la persona con discapacidad residente ostenta un porcentaje reconocido igual o superior al 65% e inferior al 75%, hasta el límite máximo de 25.000 euros.
• Será subvencionable con un porcentaje del 90% si la persona con discapacidad residente ostenta un porcentaje reconocido igual o superior al 75%, hasta el límite máximo de 30.000 euros.
Por ejemplo, si una persona ostenta una discapacidad del 33% reconocida y el coste justificado de su obra es de 2.000 €, IVA incluido, se le subvencionaría los primeros 1.000€ al 100% y el resto al 50% de esa cantidad, resultando un total de 1.500 € subvencionados.
Tipos de ayudas para locales
Para locales en planta baja de edificios residenciales, se pueden solicitar ayudas para eliminar barreras de acceso, como rampas, plataformas, puertas automáticas, etc. También obras de adaptación de baños o construcción de nuevos baños para personas con discapacidad. Realización de itinerarios horizontales accesibles.
En el caso de locales, las actuaciones de hasta 1.000 euros son también subvencionables en un 100%. A partir de 1.000€, sumadas todas las actuaciones:
• Será subvencionable con un porcentaje del 70% si se trata de un local con cualquier finalidad, no relacionado directamente con personas con discapacidad, hasta el límite máximo de 20.000 euros.
• Será subvencionable con un porcentaje del 90% si se trata de un local cuyo objeto esté relacionado con las personas con discapacidad, hasta el límite máximo de 30.000 euros.
Requisitos para las ayudas de adaptación de Madrid
Hay que tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, que incluya el grado de movilidad reducida positivo o que la discapacidad sea de carácter sensorial o intelectual. Excepcionalmente podría obtenerse con un baremo de movilidad reducida negativo cuando se aporte informe médico oficial que acredite que la actuación que solicita es necesaria para la discapacidad que tiene. En casos de discapacidad visual deberá ser igual o superior al 65%.
Estar empadronados en la vivienda del municipio de Madrid para la que se solicita la subvención, y residir de manera habitual y permanente ahí, de forma continuada desde al menos octubre de 2021. El titular de la vivienda puede solicitarlo para su hijo o padres discapacitados. Si no se es propietario de la vivienda se necesitará una autorización escrita del propietario para realizar las obras.
Si hubiera más de una persona con discapacidad en la vivienda objeto de la subvención, se podrá aceptar más de una solicitud siempre que las actuaciones solicitadas en la vivienda no fueran coincidentes.
Estas ayudas del Ayuntamiento de Madrid no son compatibles con otras ayudas para el mismo fin.
El plazo para la ejecución de las obras subvencionables no podrá exceder de nueve meses desde la publicación de la concesión definitiva de la subvención en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Posteriormente, las personas beneficiarias están obligadas a justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actuación y el cumplimiento de la finalidad que determinó la concesión de la subvención en el plazo máximo de dos meses desde la fecha de finalización del plazo para ejecutar las actuaciones subvencionables.
Cómo realizar los trámites
Existe un portal web con información: https://transforma.madrid.es/rehabilitacion.
También un teléfono (91 588 03 22) y un correo electrónico: rehabilitacion@madrid.es
La solicitud puede hacerse bien presencialmente bien en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, con certificado electrónico.
Consulte aquí las instrucciones para solicitar la ayuda de Adapta 2022.