Análisis

Ayudas para rehabilitación de edificios y viviendas

Publicado el   21 junio 2021
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En la Comunidad de Madrid el plazo termina el 30 de junio, pero caben obras realizadas con anterioridad. Vea las condiciones por si le encaja en su comunidad o vivienda.

Ayudas de la Comunidad de Madrid para rehabilitación de edificios

La Comunidad de Madrid publicó una convocatoria de ayudas para la rehabilitación de edificios y viviendas.

Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 30 de junio de 2021.

Las obras deben estar iniciadas con posterioridad al 01/01/2018 y el plazo máximo para terminarlas será de 24 meses contados desde la concesión de la ayuda. Pueden ser obras ya realizadas.

Pueden solicitarlas las comunidades de vecinos y los propietarios de viviendas o edificios.

Obras que puede recibir ayudas y cuantías

  1. Obras de conservación:

  • Cimentación y estructura
  • Instalaciones
  • Cubiertas y azoteas
  • Fachadas y medianerías

b. Accesibilidad

  • Instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad
  • Accesibilidad universal en el interior de las viviendas (vías de circulación, baños y cocinas)
  • Elementos de control, información y aviso (domótica, señales luminosas/sonoras).

Por ahora no se incluyen ayudas para eficiencia energética; se espera una nueva convocatoria con fondos europeos.

Las ayudas pueden ser de hasta el 40% de la inversión subvencionable, con máximo de 8.000 euros por vivienda.

Requisitos de los edificios y vivienda

Estar finalizados antes de 1996, salvo excepciones.

El 70 % de la superficie construida tenga uso residencial de vivienda (excluida la planta baja).

Que, al menos el 50% de las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios. Para ello tendrán que estar empadronados los titulares de las viviendas, o demostrar que están alquiladas con los contratos de arrendamiento y último recibo.

Informe de Evaluación del Edificio (IEE), con carácter previo, presentado en el Ayuntamiento correspondiente.

Acuerdo de la comunidad de propietarios.

Proyecto de Ejecución / Memoria técnica.

Autorizaciones administrativas correspondientes.

Vea la información en la web de la Comunidad de Madrid.

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