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Ayudas para obras en edificios y viviendas en Castilla y León
hace 2 años - jueves, 16 de julio de 2020
Ayudas para obras en viviendas de Castilla y León
Ayudas para obras en viviendas en Castilla y León 2020
Las ayudas en Castilla y León se han convocado en una Orden de 29 de junio de 2020, publicada en el Boletín Oficial del 3 de julio de 2020.
El plazo para presentar las solicitudes de ayuda termina el 3 de agosto inclusive.
Quién puede beneficiarse de las ayudas
Pueden beneficiarse tanto las comunidades de propietarios como las personas físicas propietarias de unifamiliares con ingresos de hasta 5 veces el IPREM, y las personas físicas propietarias (o arrendatarias) de viviendas en edificios en bloques cuando se trate de obras de accesibilidad y en el supuesto de que resida una persona con discapacidad o mayor de 65 años.
Requisitos de los inmuebles
Los edificios deberán cumplir los siguientes requisitos:
1.- En los casos de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila:
- a) Deberán estar finalizadas antes de 1996.
- b) Deberán constituir domicilio habitual y permanente de sus propietarios o arrendatarios en el momento de solicitar la subvención.
2. - En los casos de edificios de viviendas de tipología residencial colectiva:
- a) Deberán estar finalizados antes de 1996.
- b) Que al menos el 70 % de su superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja si tiene otros usos compatibles, tenga uso residencial de vivienda.
- c) Que al menos el 70 % de las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios en el momento de solicitar las subvenciones.
3.- En los casos de viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva para las que se solicite de forma independiente financiación:
- a) Deberán estar finalizadas antes de 1996.
- b) Deberán constituir domicilio habitual y permanente de sus propietarios o arrendatarios en el momento de solicitar acogerse a las subvenciones.
4.- El coste total de las actuaciones subvencionables no podrá superar los costes medios de mercado que a tales actuaciones correspondan, siendo estos últimos fijados conforme a los criterios determinados por los servicios técnicos de la Administración de Castilla y León.
5.- No se subvencionarán actuaciones que supongan por solicitante la intervención en más de 200 viviendas.
Deducciones del IRPF por vivienda en Castilla y León.
Qué tipo de obras pueden ser subvencionadas en Castilla y León
- Actuaciones de conservación en viviendas, como las relativas al estado de la cimentación y estructura; las que se realicen en las instalaciones comunes de electricidad, fontanería, gas, saneamiento, recogida y separación de residuos y telecomunicaciones, con el fin de adaptarlas a la normativa vigente, de forma exclusiva en los edificios de tipología residencial colectiva; las relativas al estado de conservación de cubiertas, azoteas, fachadas y medianerías, incluyendo procesos de desamiantado.
- Actuaciones de mejora de seguridad y accesibilidad, tales como la instalación o adaptación de ascensores, salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad, siempre que se realicen en los elementos comunes de edificios de tipología residencial colectiva o en viviendas unifamiliares en las que resida una persona con discapacidad o mayor de 65 años; la instalación de grúas o aparatos que faciliten la accesibilidad a elementos comunes del edificio para personas con discapacidad; instalación de video porteros o análogos, o cualquier intervención que facilite la accesibilidad universal en los espacios del interior de las viviendas en las que resida una persona con discapacidad o mayor de 65 años.
No serán subvencionables las actuaciones que consistan en una rehabilitación integral del inmueble, ni las que supongan un incremento de superficie o volumen construido, o un cambio de uso.
Cuantía de las ayudas
La cuantía máxima de la subvención a conceder, en función de las actuaciones subvencionables, será la cuantía menor que resulte de aplicar cada uno de los siguientes límites:
a) 2.000 euros por vivienda y 30 euros por m2 de superficie construida de local comercial, cuando se solicita solo para actuaciones de conservación.
b) 6.000 euros por vivienda y 80 euros por m2de superficie construida de local comercial, cuando se solicite para actuaciones para la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad o conjuntamente para las actuaciones de conservación y mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad.
c) 2.000 euros cuando sólo se realicen intervenciones en los espacios del interior de viviendas.
d) El 40 % del coste de la actuación subvencionable.
Cómo presentar la solicitud
El teléfono de información es el 983 327 850.
Consulte aquí la información de la Junta de Castilla y León. En esa página encontrará los formularios y el acceso a la tramitación electrónica.
Plazos de ejecución de la obra
El inicio de la obra de rehabilitación deberá ser posterior al 1 de enero de 2020 y como máximo dentro del mes siguiente a aquel en el que se publique la resolución de concesión de la subvención, lo que se acreditará con el certificado de inicio de obra correspondiente.
El plazo para ejecutar la obra no podrá exceder de 24 meses, contados desde la fecha de concesión de la subvención.