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Suspendidas las obras en casa por el Covid-19
hace 2 años - lunes, 13 de abril de 2020Suspensión de obras en casa durante el estado de alarma
El Ministerio de Sanidad, como organismo delegado encargado de la gestión de la crisis sanitaria ligada al Covid-19 en este periodo del estado de alarma, publicó una Orden ministerial que establece la suspensión de las obras en edificios existentes. Se aplica a todas las obras donde tengan que coincidir los obreros con personas no relacionadas con la ejecución de los trabajos (residentes u otros usuarios del inmueble), que puedan interferir con la actividad de la obra, con el movimiento de los trabajadores o con el traslado de materiales.
La Orden se publicó en el BOE del mismo día y entró en vigor en ese mismo 12 de abril de 2020.Ha sido luego modificada por otra Orden de 3 de mayo de 2020.
Están exceptuadas las obras en las que se haya aislado totalmente la zona de trabajos con la presencia de personas ajenas a la obra, de modo que no haya interferencia alguna. Por ejemplo, por haber sectorizado y separado totalmente la zona en la que se realiza la obra del resto de zonas del inmueble. Es preciso que no se produzca interferencia alguna con las personas no relacionadas con la actividad de la obra.
También quedan exceptuadas aquellas obras que se realicen en locales, viviendas u otras zonas delimitadas del edificio no habitadas, o a las que no tengan acceso los residentes mientras duren las obras, siempre que se cumplan todas las siguientes condiciones:
a) Se limite la circulación de trabajadores y materiales por zonas comunes no sectorizadas, y se adopten todas las medidas oportunas para evitar, durante el desarrollo de la jornada, el contacto con los vecinos del inmueble.
b) El acceso y salida de esos locales, viviendas o zonas se produzca al inicio y a la finalización de la jornada laboral.
c) Los trabajadores adopten las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias.
Las reparaciones urgentes
Sí se pueden llevar a cabo trabajos puntuales para realizar reparaciones urgentes de instalaciones y averías, y las tareas de vigilancia.
Si tiene una avería grave en sus instalaciones (agua, gas, electricidad), sí puede llamar al servicio técnico o a su aseguradora para pedir la reparación. Algunas compañías de seguros están validando los siniestros a distancia mediante video llamadas, para evitar desplazamientos no imprescindibles y agilizar trámites.
Aunque inicialmente se permitieron estas obras durante el estado de alarma, ya le recomendamos desde el inicio que lo mejor era posponer las obras en casa que no sean estrictamente necesarias. Serán necesarias las que pretendan resolver una avería urgente o adoptar una medida para impedir un deterioro grave del inmueble (por ejemplo, el cierre de muros, techos o suelos para impedir la entrada de agua).