La nueva tasa de basuras de Madrid para 2025
Como hemos venido avisando, en 2025 los municipios que aún no la tienen deberán tener en vigor una tasa de residuos “específica, diferenciada y no deficitaria”, desligada de otros tributos como el IBI. Y los que la tenían también deberán revisarla para asegurarse de que los ingresos de esa tasa cubren los gastos y que se calcula con el principio de quien genera el residuo paga la tasa. Es una exigencia de la Ley 7/2022 que transpone la Directiva europea correspondiente, de mayo de 2018.
En la actualidad no se puede hacer un cálculo individualizado de la generación de residuos. Cada ayuntamiento debe aprobar su tasa y el modo de integrar el cálculo de generación de residuos, que la Ley no detalla.
El Ayuntamiento de Madrid ha iniciado el procedimiento para aprobar su tasa de basuras, que entrará en vigor en 2025. Hasta ahora no se pagaba tasa de basura por las viviendas.
El IBI de Madrid: aplazarlo o reducirlo.
El cálculo de la cuota a pagar incluye dos conceptos: uno básico de disponibilidad del servicio y otro específico por la generación de residuos.
- La tarifa básica se calcula con el valor catastral de cada vivienda o local. Se supone que indica la capacidad económica del sujeto. Se han previsto 11 tramos de valores catastrales a los que se asocia una tarifa básica.
- La tarifa por generación de residuos va a tener en cuenta la cantidad de residuos generados y el porcentaje de calidad de la separación de cada uno de los 131 barrios de la ciudad, aportado por el Parque Tecnológico de Valdemingómez.
El proyecto de ordenanza está en información pública hasta el 25 de noviembre de 2024.
Un coste medio de 141 euros anuales por vivienda
Según los cálculos difundidos por el Ayuntamiento, el recibo medio de las viviendas será de 141 euros anuales, y el de los locales comerciales de 310 euros (aquí el cálculo se hace por distritos). La parte de tarifa básica supone en torno al 80% del recibo.
El sujeto pasivo es el beneficiario del servicio de recogida de residuos. La tasa se reclamará al propietario del inmueble, quien a su vez podrá repercutirla en el inquilino.
No se paga esta tasa por los garajes y trasteros asociados a una vivienda, porque no generan residuos, ni por los solares y edificios en estado de ruina.
Las viviendas que se encuentren vacías y los locales en los que no se desarrolle ninguna actividad solo abonarán la tarifa básica. Para esto habrá que presentar una declaración responsable antes del 1 de marzo de cada año.
A lo largo de 2025 cada propietario recibirá una notificación del Ayuntamiento con su tasa respectiva y un plazo de pago de dos meses desde la notificación.
Se contempla una reducción de la cuota a las familias numerosas, en función del valor catastral de la vivienda, como ocurre con el IBI. La reducción se aplicará de oficio a las familias numerosas que vivan en una vivienda de su propiedad. Si viven de alquiler, hay que solicitar la reducción antes del 1 de marzo.
El Ayuntamiento ha anunciado una rebaja del tipo del IBI para compensar en parte esta nueva tasa. El tipo en Madrid pasará del 0,442 % al 0,428 %.
Incentivar el reciclaje, por barrios
En la tasa de Madrid se toma en cuenta los residuos generados por persona empadronada y año en cada barrio. Todas las viviendas de un mismo barrio pagan una cuota igual por concepto de “generación”. Esa parte de la cuota oscila entre 6 euros (caso de Legazpi, Imperial, San Fermín, Vinateros, Valderrivas, por ejemplo) y 41,52 euros, según los kg de residuos generados por persona y año en el barrio.
A su vez, en el cálculo se tiene también en cuenta un coeficiente de reciclaje, en función del porcentaje de reciclaje que se hace en cada barrio.
Los barrios que generaron mayor cantidad de residuos por habitante en 2023 fueron El Plantío y Sol con más de 800 kg por persona, dejando al margen Aeropuerto por ser poco representativo (más de 1.000 kg por persona).