Análisis Tiempo de lectura: 2 min.
Publicado el  25 abril 2016

IRPF de inmuebles (II): un alquiler de la comunidad

Si la comunidad de propietarios recibe ingresos por alquiler de locales, vivienda del portero, azoteas, etc., usted debe incluir su parte en la declaración de IRPF. Le explicamos cómo hacerlo con el programa PADRE y sus ilustraciones.

Contenido premium

Debe ser suscriptor para consultar este contenido. ¡Disfrute ya de nuestra oferta promocional!

Únete a OCU Inmobiliario