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  • Deducción en IRPF de gastos por vivienda en Castilla La Mancha
Análisis

Deducción en IRPF de gastos por vivienda en Castilla La Mancha

hace un año - lunes, 22 de noviembre de 2021
Castilla-La Mancha no cuenta con muchas deducciones autonómicas en materia de vivienda, pero existe una para viviendas alquiladas, cumpliendo estos requisitos.

Castilla-La Mancha: Deducciones en IRPF por vivienda 2021

En Castilla-La Mancha no hay grandes deducciones autonómicas propias en el IRPF relacionadas con la vivienda, pero quienes viven de alquiler pueden sí pueden beneficiarse si cumplen estos requisitos que comentamos.

Si ha vendido una vivienda, ¿cómo debe declararla?

Cómo ahorrar impuestos en inmuebles.

Deducción por arrendamiento de vivienda habitual de menores de 36 años

Se puede deducir el 15% de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de la vivienda que constituya o vaya a constituir su residencia habitual en Castilla-La Mancha durante el período impositivo, con un máximo de 450 €.

La deducción puede llegar hasta el 20%, con un máximo de 612 €, en los siguientes supuestos:

- cuando el contribuyente tenga su domicilio habitual en un municipio de Castilla-La Mancha de hasta 2.500 habitantes

- cuando el contribuyente tenga su domicilio habitual en un municipio de Castilla-La Mancha con población superior a 2.500 habitantes y hasta 10.000 habitantes, que se encuentre a una distancia mayor de 30 kilómetros de un municipio con población superior a 50.000 habitantes.

Para determinar el número de habitantes de cada municipio se toma el establecido en el padrón municipal de habitantes en vigor a 1 de enero del año de devengo del Impuesto.

Para la aplicación de la deducción es necesario que, a la fecha de devengo del Impuesto, se cumplan los siguientes requisitos:

- el contribuyente tenga su residencia habitual en la Comunidad Autónoma;

- que sea menor de 36 años;

- que la suma de la base imponible general y del ahorro del contribuyente menos el mínimo por descendientes no supere la cuantía de 12.500 € en tributación individual y 25.000 € en tributación conjunta;

- y que en la autoliquidación del IRPF se consigne el NIF del arrendador de la vivienda.

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