Apertura de puertas de trastero hacia el exterior
La apertura de puertas de trastero hacia el exterior es motivo de algunas consultas, especialmente si se desea hacer a posteriori de la construcción del edificio.
El Código Técnico de la Construcción indica que el barrido de las hojas no debe invadir los pasillos de evacuación, excepto cuando corresponde a la apertura de puertas de zonas de ocupación nula (trasteros) definidas en el Anejo SI A del DB, dado que la presencia ocasional de personas en ellas hace muy improbable el riesgo de impacto en caso de evacuación que se pretende evitar.
Es decir, en caso de que exista un pasillo específico para los trasteros si es factible la apertura de las puertas de los mismos hacia el exterior.
Otro caso diferente es cuando los trasteros dan a la zona de aparcamiento, con las diferentes alternativas de que el espacio frente a ellos sea de la misma propiedad del trastero o no.
Respetar las normas de la comunidad de propietarios
Si la propiedad fuera diferente pudiera darse el caso de que el propietario del trastero no pudiera abrir la puerta del mismo hacia afuera por estar un automóvil
Apertura de puertas de trastero hacia el exterior
La apertura de puertas de trastero hacia el exterior es motivo de algunas consultas, especialmente si se desea hacer a posteriori de la construcción del edificio.
El Código Técnico de la Construcción indica que el barrido de las hojas no debe invadir los pasillos de evacuación, excepto cuando corresponde a la apertura de puertas de zonas de ocupación nula (trasteros) definidas en el Anejo SI A del DB, dado que la presencia ocasional de personas en ellas hace muy improbable el riesgo de impacto en caso de evacuación que se pretende evitar.
Es decir, en caso de que exista un pasillo específico para los trasteros si es factible la apertura de las puertas de los mismos hacia el exterior.
Otro caso diferente es cuando los trasteros dan a la zona de aparcamiento, con las diferentes alternativas de que el espacio frente a ellos sea de la misma propiedad del trastero o no.
Respetar las normas de la comunidad de propietarios
Si la propiedad fuera diferente pudiera darse el caso de que el propietario del trastero no pudiera abrir la puerta del mismo hacia afuera por estar un automóvil aparcado que no sería de su propiedad y quedara un espacio muy exiguo.
En este caso, salvo que ya estuviera instalada la puerta, no debería instalarse la puerta del trastero hacia afuera, pues entraríamos dentro de lo que estipula el artículo 7 de la ley de Propiedad Horizontal.
Artículo séptimo.
- El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad.
Si la propiedad de la plaza de garaje contigua al trastero fuera la misma que la del trastero podría instalarse la apertura hacia afuera pero siempre que con ello no obligara a retranquearse al automóvil invadiendo la zona de rodadura comunal del garaje.
Hay que tener en cuenta que entre los aspectos a respetar está también la configuración estética. Como consejo estético y para evitar problemas siempre es conveniente mantener el aspecto exterior coincidente con el resto de las puertas de la comunidad. La exigencia de guardar la estética de las puertas es mucho mayor en las puertas de las viviendas, porque los rellanos de las plantas del edificio son elementos comunes muy visibles. En el caso de los trasteros, habría que ver la configuración concreta en cada caso, y el criterio puede ser menos estricto que para las puertas de vivienda, pero no debe olvidarse este deber de mantener la estética común.
Hay que ver qué dicen los estatutos, si se ha aprobado algún acuerdo al respecto y si existen antecedentes de cambios en nuestro edificio. No conviene hacer el cambio de manera unilateral sin tener en cuenta estos aspectos.