Mantenimiento de ascensores en comunidades de propietarios
En Albacete, un nuevo pronunciamiento judicial ha exonerado a una comunidad de propietarios de tener que pagar una indemnización a la empresa de mantenimiento de ascensores tras decidir unilateralmente resolver el contrato, aludiendo al carácter abusivo de algunas de sus cláusulas.
El contrato inicial era de 1/4/2012, con plazo de 5 años, que se prorroga por otros cinco años al cumplirse ese primer periodo. En septiembre de 2017 la comunidad de propietarios comunica la resolución unilateral del contrato.
Para estos casos, las condiciones preveían una cláusula penal por importe del 50% de la facturación pendiente de emitir.
Sin embargo, en la demanda presentada por la compañía contra la comunidad de propietarios no se solicitó ese importe del 50% de la facturación pendiente. En su lugar, la compañía solicitó 3.700 euros con base en un informe pericial que pretendía acreditar una pérdida económica ocasionada por la resolución anticipada, estimada en 5.690 euros.
Efecto de las cláusulas abusivas
¿Podemos cambiar el mantenimiento del ascensor?
Hemos comentado en anteriores ocasiones que los tribunales han venido considerando abusivas aquellas cláusulas de
Mantenimiento de ascensores en comunidades de propietarios
En Albacete, un nuevo pronunciamiento judicial ha exonerado a una comunidad de propietarios de tener que pagar una indemnización a la empresa de mantenimiento de ascensores tras decidir unilateralmente resolver el contrato, aludiendo al carácter abusivo de algunas de sus cláusulas.
El contrato inicial era de 1/4/2012, con plazo de 5 años, que se prorroga por otros cinco años al cumplirse ese primer periodo. En septiembre de 2017 la comunidad de propietarios comunica la resolución unilateral del contrato.
Para estos casos, las condiciones preveían una cláusula penal por importe del 50% de la facturación pendiente de emitir.
Sin embargo, en la demanda presentada por la compañía contra la comunidad de propietarios no se solicitó ese importe del 50% de la facturación pendiente. En su lugar, la compañía solicitó 3.700 euros con base en un informe pericial que pretendía acreditar una pérdida económica ocasionada por la resolución anticipada, estimada en 5.690 euros.
Efecto de las cláusulas abusivas
¿Podemos cambiar el mantenimiento del ascensor?
Hemos comentado en anteriores ocasiones que los tribunales han venido considerando abusivas aquellas cláusulas de contratos de mantenimiento con consumidores en los que el efecto conjunto de un plazo largo del contrato unido a su prórroga quasi automática y a la existencia de una cláusula penal desproporcionada y no recíproca, tienen por resultado un efecto de cliente cautivo que no puede beneficiarse en la práctica de las ventajas de la competencia.
En este caso, la misma compañía debía tener sus dudas sobre la cláusula penal impuesta, ya que no basó su reclamación en ella sino en un perjuicio económico -de menor cuantía- supuestamente real que habría padecido como consecuencia de la resolución anticipada del contrato.
Tanto en primera instancia como en apelación (SAP 10 de julio de 2020) se tildan las referidas cláusulas de abusivas. Y tras ese pronunciamiento se recuerda que -declarada nula por abusiva la cláusula penal- no cabe luego que la empresa pretenda reclamar otra cantidad como indemnización, ya que ello supondría dejar en papel mojado el sistema de protección del consumidor frente a las cláusulas abusivas.
Se absuelve a la comunidad de propietarios de pagar ninguna indemnización por la resolución del contrato, y se exige a la compañía que devuelva el importe de las mensualidades que ya había cobrado por adelantado sin prestar un servicio real.