Análisis

Limitaciones al uso de pisos y casas

Publicado el   24 mayo 2021
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¿Pueden impedirme que use el piso como desee? ¿Cuáles son los límites a las obras que puedo hacer? Si el vecino causa excesivas molestias, ¿cómo impedirlo legalmente?

Toda restricción de la propiedad ha de ser objeto de interpretación restrictiva. Consulte los estatutos de la comunidad, y vea aquí las principales razones que pueden justificar una limitación. Las molestias, hay que probarlas.

Obras en mi propiedad

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) da libertad para modificar la parte privativa de cada propietario y hacer obras en ella, con tres condiciones:

a)     No menoscabar o alterar la seguridad del edificio, su estructura y su configuración exterior. Por ejemplo, no se permite la cubrición de la terraza de su piso, último del edificio, por cierres de aluminio y bronce, por alterar de forma notoria la configuración y estado exterior del edificio, pese a la licencia administrativa para hacerlo;

b)     No perjudicar a los derechos de otro propietario;

c)     Avisar previamente de las obras a quien representa a la comunidad.

Si pretende unir o separar dos pisos o locales, se requiere la aprobación de dos tercios de los propietarios que representen a dos tercios de las cuotas de participación, salvo que ya esté autorizado directamente en los estatutos. Y se requiere una autorización administrativa, salvo que el cambio no modifique el número de elementos privativos.

Actividades en mi propiedad

La LPH recoge tres supuestos de actividades

 

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