- Gestión patrimonial
- Comunidad de propietarios
- Límites al ruido en Zaragoza
Límites al ruido en Zaragoza
hace 10 meses - martes, 29 de noviembre de 2022Límites al ruido en Zaragoza
Zaragoza estudia la aprobación de una nueva normativa sobre la contaminación acústica, pero por el momento rige la antigua ordenanza.
El horario de mayor protección frente al ruido es desde las 22.00 a las 8.00 horas. Queda prohibido emitir cualquier tipo de ruido o vibración que se pueda evitar en el interior de las viviendas, producido por reparaciones materiales o mecánicas de carácter doméstico, cambio de muebles o por otras causas. También está prohibido cantar, gritar, vociferar a cualquier hora del día o de la noche si se superan los límites establecidos que le mostramos más abajo. Tampoco se permite en ese horario obras de construcción públicas o privadas que excedan de los límites previstos, salvo casos de urgencia autorizados expresamente.
LÍMITES SONOROS INTERIORES EN ÁMBITO RESIDENCIAL EN ZARAGOZA, en decibelios |
||
|
De 08:00 a 22:00 |
De 22:00 a 08:00 |
Piezas habitables |
40 |
27 |
Pasillos, aseos y cocinas |
45 |
30 |
Las medidas en interiores se realizan a una distancia mínima de 1 m de las paredes, entre 1,2 y 1,5 m del suelo y a unos 1,5 m de las ventanas.
Distintos tipos de ruido
Con carácter general, la ordenanza previene contra ruidos provocados por aparatos electrodomésticos y equipos de aire acondicionado, aparatos e instrumentos musicales o acústicos, radio y televisión, sonidos y ruidos emitidos por animales domésticos y tono excesivamente alto de la voz humana o la actividad directa de las personas.
Qué hacer ante una actividad molesta en la comunidad.
Vecina privada de uso de la vivienda por ruido excesivo.
Problemas de ruidos con el vecino.
Modelo de escrito de requerimiento a un vecino para el cese de actividades molestas, en el seno de la comunidad de propietarios.
Prisión por ruido al dueño del bar.
Se prohíben las actividades de carga y descarga de mercancías, manipulación de cajas, contenedores, materiales de construcción y objetos similares en la vía pública entre las 22.00 y las 7.00 horas, cuando estas operaciones superen los límites de ruido establecidos en la Ordenanza.
Respecto de los equipos de aire acondicionado, con carácter general no podrán superar los 55 dB(A) en el exterior, medido a 5 metros de distancia del foco emisor en la dirección de máxima emisión y sin que sus niveles sonoros superen los límites señalados.
Si se superan en 3 dB dichos límites se comete una infracción leve. Entre 3 y menos de 6 dB la infracción es grave y con 6 dB o más la infracción es muy grave, con multas de hasta 1.803 euros.
Teléfono para reclamar: 976 721234 (010).
Información sobre la vivienda
Los promotores y constructores de viviendas estarán obligados a informar por escrito a los compradores de las características acústicas de las viviendas y la urbanización, tanto en el ámbito externo como interno de las mismas.
Para ello, podrán utilizar los mapas de ruido realizados por el Ayuntamiento (tanto globales como zonales) o los estudios realizados por los promotores y aprobados por el Ayuntamiento.
Para locales públicos que dispongan de música existe una regulación particular que deben respetar.