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Cambios en alquileres Decreto Maricarmen

Cambios en alquileres Decreto Maricarmen

Publicado el  01 octubre 2026

Nuevas reglas del alquiler: cambios para propietarios e inquilinos

Los RDL 26/2026 y 27/2026 cambian las reglas del alquiler: duración, prórrogas, rentas, alquiler temporal, gastos, reparaciones, garantías y derechos de propietarios e inquilinos. Los explicamos, pendientes de su convalidación.

Nuevas reglas del alquiler: qué cambia para propietarios e inquilinos

Dos nuevos reales decretos ley cambian de forma importante las reglas de los alquileres de vivienda. Hay novedades en la duración de los contratos, la actualización de la renta, los alquileres temporales y por habitaciones, las reparaciones, los gastos, las garantías y los derechos del inquilino cuando el propietario decide no renovar. Repasamos qué cambia y a quién afecta.

El Gobierno ha aprobado dos normas consecutivas que modifican la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). El Real Decreto-ley 26/2026, en vigor desde el 1 de octubre de 2026, introduce un amplio paquete de cambios. Un día después, el Real Decreto-ley 27/2026, que entra en vigor el 2 de octubre, vuelve a modificar las reglas sobre duración de los contratos.

Ambos reales decretos ley están en vigor, pero deberán ser convalidados por el Congreso de los Diputados para mantener su vigencia. Informaremos puntualmente de esta votación y de los efectos transitorios que las normas puedan tener.

 

Contratos más largos y nuevas reglas para no renovar

El cambio más importante afecta a la duración del alquiler de vivienda habitual, y está incluido en el 2º RDL, el 27/2026.

Se mantiene el periodo inicial mínimo de 5 años si el propietario es una persona física y 7 años si es una persona jurídica. Pero, una vez cumplido ese periodo, cambia por completo el sistema de prórrogas.

Si ninguna de las partes comunica que quiere terminar el contrato, este se prorrogará por periodos sucesivos completos de otros 5 años o de 7 años, según el arrendador sea persona física o jurídica.

El propietario deberá comunicar su voluntad de no continuar con una antelación mínima de 6 meses. El inquilino deberá hacerlo con al menos 2 meses (como antes).

La reforma se aplica también a contratos que ya están en vigor, aunque existen 

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