Ayudas al alquiler en Cataluña 2025
Se ha abierto una convocatoria de ayudas al alquiler en Cataluña. Es para las personas que a fecha 31 de enero de 2025 se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
a) Tengan 65 años o más.
b) Tengan de 36 a 64 años.
Sean titulares de un contrato de alquiler y tengan en esa casa su vivienda habitual y permanente, donde esté empadronado.
Se excluye el caso donde el arrendador sea pariente hasta el segundo grado del inqulino.
Plazo para pedir las ayudas al alquiler en Cataluña
El plazo de presentación de solicitudes para las personas que tengan 65 años o más se inicia el día 21 de febrero 2025 y finaliza el 21 de marzo de 2025 a las 14:00 horas, ambos inclusive.
La solicitud se puede presentar electrónicamente, a través de la web de Trámites de la Generalitat de Cataluña (https://habitatge.gencat.cat/ajutlloguer).
Para las personas que tengan de 36 a 64 años El plazo de presentación de solicitudes se inicia el 10 de marzo de 2025 a las 09:00 horas y finaliza el 11 de abril de 2025 a las 14:00 horas, ambos inclusive.
Límites de ingresos para el solicitante
Hay que fijarse en los ingresos declarados en IRPF por la unidad de convivencia en el ejercicio 2023.
Esos ingresos no deben superar la cantidad de 25.200 euros, que es el IRSC de 2023 (8.605,15 euros) multiplicado por 2,928479 veces. La cifra varía algo según el número de miembros de la unidad familiar.
Límites a la renta del alquiler
La renta de alquiler no puede superar determinados límites. En la zona metropolitana de Barcelona el límite es 900 euros mensuales. En el resto el límite es entre 600 (Lérida) y 750 euros (Gerona). Para familias numerosas, familias monoparentales y para unidades de convivencia con algún miembro con discapacidad legalmente reconocida y baremo movilidad favorable, este importe máximo será de 900 euros en todo el territorio de Cataluña.
En el portal Fotocasa, de 3.310 anuncios de casa en alquiler en Barcelona, solo 42 tienen un precio hasta de 900 euros mensuales (24/2/2025). Es probable que entre los alquileres ya existentes (firmados con anterioridad) sí exista un número mayor que no supere ese límite.
Ayudas para el alquiler de habitación
En caso de alquiler de habitación, debe tener por destino primordial satisfacer la necesidad permanente de vivienda del inquilino y debe formalizarse por escrito, con la identificación de los sujetos, el precio del arrendamiento y su vigencia.
Si la habitación es subarrendada, debe haber consentimiento escrito del arrendador de la vivienda.
Para una habitación, el límite máximo en el área metropolitana de Barcelona es de 450 euros. En e resto oscila entre 300 (Lérida) y 400 euros mensuales (Gerona).
De cuánto es la ayuda al alquiler
El montante de la ayuda depende de cada caso.
El importe de la subvención será del 20% del importe de la renta de alquiler anual cuando el esfuerzo para pagar el alquiler sea igual o inferior al 30% de sus ingresos ponderados.
Será del 30% del importe de la renta de alquiler anual cuando el esfuerzo por pagar el alquiler sea superior al 30% e inferior al 40% de los ingresos ponderados.
Será del 40% del importe del alquiler anual cuando el esfuerzo por pagar el alquiler sea igual o superior al 40% de los ingresos ponderados, con un límite máximo de 2.400 euros anuales por vivienda, y un mínimo de 240 euros anuales por vivienda, cuando el resultado de los cálculos que determinan el importe sea inferior a esta cantidad.