Ayudas al alquiler en Castilla y León 2024
Castilla y León ha convocado ayudas de 2024 para el alquiler de vivienda o habitación destinada a domicilio habitual y permanente, para sectores de población con escasos medios económicos.
Se trata de una ayuda del 50 % de la renta de la vivienda habitual y permanente correspondiente al año 2024. Para personas jóvenes el límite es del 60% de la renta mensual. Se considera “joven” quien tuviera hasta 35 años a fecha 28 de octubre de 2024.
El plazo de solicitud es desde el 2 de diciembre de 2024 hasta el 31 de enero de 2025.
Son ayudas autonómicas compatibles con el Bono Joven del Alquiler, aunque con límite máximo total de las ayudas del 75% de la renta.
Hay que presentar un certificado de empadronamiento o volante colectivo de empadronamiento o certificado de convivencia en el que deberán constar, a la fecha de la solicitud de la ayuda, las personas que tienen el domicilio habitual en la vivienda alquilada.
Límite de ingresos para la ayuda al alquiler en Castilla y León
La suma total de las rentas anuales de las personas que tengan el domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento, deben ser superiores a 0,5 veces el IPREM y no superar estos límites: 3 veces el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM, 8.400 euros en 2023); o 4 veces el IPREM si se trata de una familia numerosa de categoría general, de personas con discapacidad o víctimas de terrorismo; o 5 veces el IPREM cuando se trata de familias numerosas de categoría especial o de personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33 %.
En alquiler de habitación solo se miran los ingresos del inquilino solicitante.
Para comprobar los límites de ingresos se tomará la suma de las casillas 435 y 460 del modelo 100 de la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) de 2023, que son las cuantías de la base imponible general y del ahorro.
Límite máximo del importe de la renta de alquiler
No se admiten contratos verbales. Hay que justificar estar al corriente del pago de la renta del alquiler. No se aceptarán recibos pagados en efectivo firmados por la persona arrendadora, ni recibos manuales.
La renta máxima de alquiler de la vivienda o habitación dependen del municipio. No puede superar los 550 euros mensuales por vivienda o los 200 euros por habitación en los municipios de Burgos, León, Salamanca, Segovia y Valladolid. Ese límite es inferior en determinados municipios: 500 € y 175€ en Ávila, Palencia, Soria y Zamora.
El límite se amplía a 700 € para familias numerosas de categoría general, y hasta 800 € para Familias numerosas de categoría especial/ Personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33%/ Personas en situación de vulnerabilidad sobrevenida.
En esta renta no se incluirá el importe que pueda corresponder a anexos como plazas de garaje, trasteros o similares.
Más información y cómo hacer la solicitud.
Exclusiones a la ayuda
No podrá concederse la ayuda cuando la persona solicitante o alguna de las que tengan su residencia sea propietaria o usufructuaria de alguna vivienda en España, salvo que se tenga una parte de una casa por herencia o se acredite la imposibilidad de disponer de la vivienda en propiedad.
Se excluyen casos de inquilinos o residentes que tengan parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con la arrendadora, y cuando sean socios de la persona arrendadora.