Ayudas al alquiler en la Comunidad Valenciana 2024
Se pueden solicitar ayudas para el pago de la renta de alquiler de vivienda o habitación que constituya la residencia habitual y permanente de la persona arrendataria.
Que se correspondan con doce mensualidades como máximo y se hayan devengado durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024, o, en todo caso, las que correspondan a partir de la fecha de suscripción del contrato de arrendamiento o cesión de uso de la vivienda o habitación hasta el 31/12/2024.
El plazo de solicitudes termina el 4 de octubre de 2024.
No es compatible con el Bono Joven del Alquiler.
Vea abajo los límites de renta mensual de alquiler y los límites de ingresos de los solicitantes, así como el link a la web para hacer la solicitud de la ayuda.
Límites de ingresos de la unidad familiar
La suma total de la renta anual de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada o cedida, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento o cesión, sea iguales o inferiores a:
• Caso genérico: 3 veces el IPREM de 2023, de 8.400 € (es decir, 25.200 € en el IRPF del año 2023).
- Familia numerosa general; Personas con discapacidad inferior al 33%; Víctimas de terrorismo: 4 veces el IPREM (es decir, 33.600 € en el IRPF del año 2023)
• Familias numerosas de categoría especial; Personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33%: 5 veces el IPREM (es decir, 42.000 € en el IRPF del año 2023).
También se exigen unos ingresos mínimos: 0,3 veces el IPREM.
Rentas máximas del alquiler
Existe un límite máximo de las rentas a pagar para poder acceder a las ayudas.
La cuantía depende de la zona donde esté la vivienda. En Valencia ciudad el límite es de 900 euros al mes o 450 para habitaciones.
En Alicante y Castellón de la Plana el límite es de 800 euros al mes o 400 para habitaciones.
En zonas de interior de las provincias los límites son inferiores.
En esos límites no se incluyen la parte de renta que pueda corresponder a plazas de garaje o trasteros. Por ejemplo, un piso en Valencia donde el alquiler incluya también garaje y trastero podría tener una renta total de 1.200 euros mensuales y sería posible pedir la ayuda. Si solo tuviera garaje, el límite máximo de renta sería de 1.125 €.
Con la solicitud de la ayuda se acompañará los justificantes bancarios del pago de la renta de alquiler de la vivienda o habitación devengados desde el 1 de enero de 2024 hasta la fecha de presentación de la solicitud. Posteriormente se presentarán el resto, en el mes de noviembre de 2024 y en enero de 2025.
Vea aquí la información y cómo hacer el trámite de la solicitud online.
Grupos prioritarios para recibir ayudas
Se reconoce prioridad para acceder a las ayudas a determinados colectivos, como afectados por desahucios, familias monoparentales, familias numerosas, víctimas de violencia de género o de terrorismo, presencia de personas con alguna discapacidad, mayores de 65 años que vivan solos y con ingresos bajos…
La cuantía de la ayuda al alquiler
La cuantía de la ayuda al alquiler depende de los ingresos del beneficiario:
a) el 50% de la renta o precio mensual que deban satisfacer por el alquiler para aquellas solicitudes formuladas por personas cuyos ingresos propios o del conjunto de las unidades de convivencia no superen el importe equivalente a 1 IPREM.
b) el 45% de la renta de alquiler para aquellas solicitudes formuladas por personas cuyos ingresos propios o del conjunto de las unidades de convivencia resulten superiores a 1 IPREM e iguales o inferiores a 2,5 IPREM.
c) el 40% de la renta de alquiler para aquellas solicitudes formuladas por personas cuyos ingresos propios o del conjunto de la unidad de convivencia resulten superiores a 2,5 IPREM y no excedan del máximo exigido para ser persona beneficiaria de la ayuda.