El inquilino se queda en la vivienda: qué me cubren los seguros
Joan tiene alquilada una vivienda amueblada desde hace 5 años. Al terminar el plazo legal de prórroga del contrato de alquiler, Joan envió un preaviso fehaciente al inquilino, indicando que no renovaría el contrato de alquiler a su vencimiento y que debería dejar entonces el piso. Cumplido el plazo, el inquilino no deja la vivienda. ¿Qué riesgos que afronta Joan? ¿Cómo le cubren los seguros?
Analizamos la cobertura de los seguros para este escenario, tanto de los seguros de hogar para arrendadores como de los seguros de impago de rentas (vea la lista de pólizas en la tabla). Respecto de estos últimos, si usted prevé problemas, aconsejamos su renovación, aunque su intención inicial fuera finalizar el contrato, precisamente para estar mejor cubierto hasta que haya recuperado la posesión. Hemos revisado las pólizas de hogar galardonadas en nuestro último análisis de seguros de hogar y otras con destacada cuota del mercado, así como las mejor valoradas en seguros específicos de impago de rentas y protección jurídica (vea tabla).
En caso de ocupación, qué me cubre el seguro de hogar.
Gastos jurídicos y RC
La responsabilidad civil subsidiaria que pudiera recaer en el propietario frente a la comunidad o vecinos por actos de este inquilino no estaría cubierta en las pólizas de hogar para arrendadores si se entiende que la relación contractual (el alquiler) ha concluido y el causante no tiene condición de arrendatario. Si bien hay casos donde el inquilino sigue en la vivienda porque piensa que legalmente tiene derecho, y el arrendamiento no se extingue -con todas sus consecuencias- hasta que se pronuncie un tribunal.
Los gastos jurídicos del proceso de desahucio solo están cubiertos en la póliza de hogar de
El inquilino se queda en la vivienda: qué me cubren los seguros
Joan tiene alquilada una vivienda amueblada desde hace 5 años. Al terminar el plazo legal de prórroga del contrato de alquiler, Joan envió un preaviso fehaciente al inquilino, indicando que no renovaría el contrato de alquiler a su vencimiento y que debería dejar entonces el piso. Cumplido el plazo, el inquilino no deja la vivienda. ¿Qué riesgos que afronta Joan? ¿Cómo le cubren los seguros?
Analizamos la cobertura de los seguros para este escenario, tanto de los seguros de hogar para arrendadores como de los seguros de impago de rentas (vea la lista de pólizas en la tabla). Respecto de estos últimos, si usted prevé problemas, aconsejamos su renovación, aunque su intención inicial fuera finalizar el contrato, precisamente para estar mejor cubierto hasta que haya recuperado la posesión. Hemos revisado las pólizas de hogar galardonadas en nuestro último análisis de seguros de hogar y otras con destacada cuota del mercado, así como las mejor valoradas en seguros específicos de impago de rentas y protección jurídica (vea tabla).
En caso de ocupación, qué me cubre el seguro de hogar.
Gastos jurídicos y RC
La responsabilidad civil subsidiaria que pudiera recaer en el propietario frente a la comunidad o vecinos por actos de este inquilino no estaría cubierta en las pólizas de hogar para arrendadores si se entiende que la relación contractual (el alquiler) ha concluido y el causante no tiene condición de arrendatario. Si bien hay casos donde el inquilino sigue en la vivienda porque piensa que legalmente tiene derecho, y el arrendamiento no se extingue -con todas sus consecuencias- hasta que se pronuncie un tribunal.
Los gastos jurídicos del proceso de desahucio solo están cubiertos en la póliza de hogar de Atlantis Tu Hogar 10 y en las 4 pólizas de impago de alquiler. Si quiere hacer uso del derecho a elegir libremente abogado, la cobertura se limita a 1.500 € de gastos en Atlantis Tu Hogar 10 y a 3.000 € en el resto.
El perjuicio económico de la pérdida de la renta del alquiler mientras dura el proceso no está cubierto en ninguna póliza. Las garantías de impago de rentas operan cuando hay un contrato de arrendamiento vigente, y en este caso, el contrato ya ha expirado (salvo excepciones) por lo que no se devenga una renta propiamente dicha. Se podrá pedir al juez una indemnización por daños y perjuicios equivalente a la multiplicación de la última renta vigente por los meses que tarden en devolverle la vivienda; si el juez la estima, se cobrará si el inquilino es solvente.
Acondicionar la vivienda
Ante daños en la vivienda recuperada, sus muebles o instalaciones, las coberturas por vandalismo en el inmueble y mobiliario varían mucho entre compañías, y es habitual la exclusión de rotura de cristales y pintadas en paredes. Generali, Mutua Madrileña y Santa Lucía no le cubren estos daños. Atlantis Hogar Total cubre esos daños al 100%, con una franquicia de 75 €; Atlantis Tu Hogar 10 cubriría hasta 1.800 € en lo que supere una franquicia de 300 €, siempre y cuando al autor se le pueda seguir considerando inquilino o que cometió estos daños mientras tenía tal condición. También es buena la cobertura de Allianz: 15% del capital del edificio y 100% del equipamiento. Las demás tienen demasiadas limitaciones de cobertura, entre 3.000 € y 6.000 € como máximo, insuficientes si los daños por vandalismo son cuantiosos.
Para comprar el equipamiento hurtado que tenía la vivienda, Allianz y Atlantis Hogar Total cubren ese hurto al 100% (Atlantis con franquicia de 75 €), Mapfre cubre hasta 1.505 €, AXA hasta 1.800 €, y el resto no cubre nada.
· Los gastos jurídicos para reclamar al antiguo inquilino los daños vandálicos y el hurto, solo los cubren Atlantis Tu Hogar 10 y las 4 pólizas de impago de rentas. El perjuicio por inhabitabilidad de la vivienda mientras duren las obras de reparación de los daños por vandalismo -la imposibilidad de obtener un alquiler por la vivienda-, solo está cubierto en las dos pólizas de Atlantis y en AXA.
· Conclusión: el conjunto de estos riesgos no está bien resuelto y no es posible cubrirlos hoy adecuadamente en ninguna póliza o combinación de ellas.
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QUÉ CUBRE EL SEGURO SI EL INQUILINO PERMANECE EN LA VIVIENDA TRAS EL FIN DEL CONTRATO |
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a) Seguros de hogar |
Reclamación de vivienda |
RC por daños a vecinos |
Daños vandálicos |
Hurto muebles |
Reclamación daños a inquilino |
Perjuicio inhabitabilidad |
|
Allianz Hogar |
No |
No (1) |
Sí |
Sí |
No |
No |
|
Atlantis Hogar Total |
No |
No (1) |
Sí |
Sí |
No |
Sí |
|
Atlantis Tu Hogar 10 Arrendador |
Sí |
No (1) |
Sí |
No |
Sí |
Sí |
|
AXA Hogar Flex. Confort |
No |
No (1) |
Sí |
Sí |
No |
Sí |
|
Generali Hogar Fácil 10 |
No |
No (1) |
No |
No |
No |
No |
|
Mapfre Combinado Hogar |
No |
No (1) |
Sí |
Sí |
No |
No |
|
Mutua Madrileña Hogar global |
No |
No (1) |
No |
No |
No |
No |
|
Santa Lucía Hogar iPlus |
No |
No (1) |
No |
No |
No |
No |
|
b) Seguros de impago de rentas |
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|
ARAG Alquiler viviendas |
Sí |
No |
Sí |
No |
Sí |
No |
|
Caser Protección Alquiler |
Sí |
No |
Sí |
No |
Sí |
No |
|
DAS Impago Alquiler Premium |
Sí |
No |
Sí |
No |
Sí |
No |
|
Mutua Propietarios Mutua Alquiler |
Sí |
No |
Sí (2) |
No |
Sí |
No |
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