Comprador condenado a pagar 4.000 euros a agencia
A la hora de comprar o vender una casa u otro inmueble es muy importante conocer qué implicaciones tiene el hecho que exista una agencia inmobiliaria que intervenga en la operación. Existe una norma clara en alquileres (comisión para el arrendador), pero en compraventas cabe un pacto y cada cuál debe ser consciente de lo que firma.
Consejos para vender casa con agencia inmobiliaria.
El vendedor puede elegir entre vender directamente o hacer el encargo a una agencia. Si decide hacer el encargo, debe quedar muy claro en qué condiciones se hace: cuál es el precio de venta de la casa y cuáles son los honorarios de la agencia en caso de venta. Debe precisarse cómo se cobran esos honorarios (de dónde salen), para que el vendedor sepa exactamente cuánto dinero le queda de la venta.
Del mismo modo, un comprador debe conocer si hay una agencia que intermedia en la compra y qué implicaciones tiene para él, para saber cuánto le va a costar en total la operación de compra. Debe estar atento a cualquier documento que se le presente a la firma.
Hay que saber que la agencia va a tener derecho al cobro de sus honorarios desde el momento en que por su mediación haya un acuerdo entre vendedor y comprador sobre el precio de venta. Salvo que se pacte expresamente una cláusula que fije el devengo de los honorarios en la firma de la escritura de compra.
Hay quien trata de “dar esquinazo” a la agencia una vez que el vendedor y comprador están en contacto. No es buena idea porque la agencia puede exigir judicialmente el pago de sus honorarios, si proceden. Por eso es importante pensar las cosas antes de firmar ningún compromiso.
En el caso que comentamos, la agencia inmobiliaria logró que la vendedora y el comprador le pagaran la comisión pactada, a pesar de los intentos por sortear ese pago. Y no es un hecho aislado.
Agencia inmobiliaria: el peligro de hacer trampas.
No hay cláusula abusiva, el pacto era transparente
En el caso juzgado por la Audiencia Provincial de Córdoba de 14/12/2023,
Comprador condenado a pagar 4.000 euros a agencia
A la hora de comprar o vender una casa u otro inmueble es muy importante conocer qué implicaciones tiene el hecho que exista una agencia inmobiliaria que intervenga en la operación. Existe una norma clara en alquileres (comisión para el arrendador) pero en compraventas cabe un pacto y cada cuál debe ser consciente de lo que firma.
Consejos para vender casa con agencia inmobiliaria.
El vendedor puede elegir entre vender directamente o hacer el encargo a una agencia. Si decide hacer el encargo, debe quedar muy claro en qué condiciones se hace: cuál es el precio de venta de la casa y cuáles son los honorarios de la agencia en caso de venta. Debe precisarse cómo se cobran esos honorarios (de dónde salen), para que el vendedor sepa exactamente cuánto dinero le queda de la venta.
Del mismo modo, un comprador debe conocer si hay una agencia que intermedia en la compra y qué implicaciones tiene para él, para saber cuánto le va a costar en total la operación de compra. Debe estar atento a cualquier documento que se le presente a la firma.
Hay que saber que la agencia va a tener derecho al cobro de sus honorarios desde el momento en que por su mediación haya un acuerdo entre vendedor y comprador sobre el precio de venta. Salvo que se pacte expresamente una cláusula que fije el devengo de los honorarios en la firma de la escritura de compra.
Hay quien trata de “dar esquinazo” a la agencia una vez que el vendedor y comprador están en contacto. No es buena idea porque la agencia puede exigir judicialmente el pago de sus honorarios, si proceden. Por eso es importante pensar las cosas antes de firmar ningún compromiso.
En el caso que comentamos, la agencia inmobiliaria logró que la vendedora y el comprador le pagaran la comisión pactada, a pesar de los intentos por sortear ese pago. Y no es un hecho aislado.
Agencia inmobiliaria: el peligro de hacer trampas.
No hay cláusula abusiva, el pacto era transparente
En el caso juzgado por la Audiencia Provincial de Córdoba de 14/12/2023, comprador y vendedor de una casa intentaron no pagar la comisión de la agencia, a pesar de que fue la agencia quien propició el encuentro entre las partes y estas acabaron firmando la compra por su cuenta en agosto de 2021.
Ante la reclamación de la agencia, la vendedora alegó inicialmente que no estaba de acuerdo con los documentos de arras que le presentaba la agencia, que prefería encargar esa redacción a una abogada de su confianza y que había decidido resolver el contrato de mediación antes de firmar la venta. La agencia se opuso a esa maniobra porque el contacto con el comprador ya estaba hecho, y la vendedora terminó pagando la suma convenida a la agencia.
Por su parte, el comprador fue más lejos y alegó que la cláusula que le imponía el pago de los honorarios era abusiva. Por dos motivos: por que se impuso en una hoja de visita y en su anexo, y porque la suma a pagar era a su juicio excesiva, al corresponder al 9,7% del precio de la casa.
La Audiencia Provincial da la razón a la agencia. Recuerda que en cuanto a la cuantía de los honorarios, dado que son libres, la abusividad solo se puede apreciar si ha faltado transparencia en su determinación, de modo que el consumidor no haya podido hacerse una idea clara de las consecuencias jurídicas y económicas del pacto sobre honorarios.
En este caso los jueces descartan que sea una cláusula abusiva. Porque los honorarios se pactaron en un documento claro que expresamente se titulaba “Declaración de comisión”, presentado a la firma del comprador. No es un caso donde la comisión se ha impuesto en la letra pequeña de un documento que hable de otra cosa, como las tradicionales hojas de visitas (declaradas abusivas en otras sentencias).
Desde el momento en que hubo transparencia en el pacto de honorarios, los jueces no tienen nada que decir sobre su cuantía. Aquí eran de 3.500 euros más IVA.
La sentencia condena al comprador a pagar esos honorarios a la agencia, más los intereses. Además, tuvo que pagar las costas de la primera instancia y las de la apelación.