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Competencia abre expediente a idealista y empresas intermediadoras
hace 3 años - jueves, 20 de febrero de 2020Inicio de expediente por posibles conductas contrarias a la competencia
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha anunciado la apertura de un expediente a varias empresas relacionadas con la intermediación inmobiliaria. Entre ellas hay algunas agencias inmobiliarias y el conocido portal Idealista.
Se va a estudiar si han realizado prácticas que hayan podido restringir la competencia, al compartir información e influir de algún modo en la fijación de precios y comisiones. La CNMC se da 18 meses para estudiar las pruebas y argumentar las posibles acusaciones que podrían terminar en sanción. Por tanto, es un proceso en marcha sobre el que no hay nada establecido, sancionado y menos juzgado.
Las prácticas de algunas agencias
Desde aquí hemos denunciado en diversas ocasiones determinadas prácticas desarrolladas por algunas agencias inmobiliarias. Resulta muy llamativa la semejanza de comisiones que cobran por sus servicios, en función de la ciudad o zona.
También denunciamos la práctica del cobro sistemático de una comisión al inquilino aun en los casos donde éste no ha contratado el servicio de la agencia y se limita a buscar el piso y realizar las gestiones por su cuenta. La comisión debe ser pagada por quien contrata los servicios de la agencia. Será el propietario, cuando él ha autorizado a la agencia a mediar en su alquiler, a gestionarle a él las visitas, confeccionarle los contratos, etc. El cobro sistemático de una comisión al inquilino que no contrata con la agencia es una práctica abusiva que sigue impune y que debería ser sancionada por las autoridades de Vivienda y de Consumo.
Acudir a una agencia para vender la casa.
Agencias inmobiliarias: no pacte exclusivas.
El precio real de los inmuebles
También hemos insistido en que un consumidor informado no debe dejarse confundir con los precios de anuncios de los inmuebles (que son precios de oferta propuestos por el vendedor o el arrendador). Ni siquiera por el llamado “precio de mercado”, que es el aquel al que supuestamente se han realizado otras ventas o alquileres similares. Aun suponiendo que ese precio es conocido y que responde realmente a inmuebles similares al nuestro (lo que es mucho suponer), el hecho de que otros hayan pagado 100 por un piso no significa que sea lógico que nosotros paguemos 100.
Hasta ahora, no existe en España una información clara, objetiva, útil y oficial de precios de inmuebles en España, ni en compra ni en alquiler. La estadística del INE y la del Ministerio pueden servir para ver la tendencia, pero no el precio real de las casas. El propio Banco de España acude a estadísticas del portal idealista para exponer sus cifras. Está pendiente de publicación un Índice oficial de precios del alquiler: habrá que valorarlo en su momento, porque tampoco serviría de nada que se elaborara un índice voluntarista que no refleje lo que pasa en la calle.
Nosotros damos relevancia al valor razonable de los inmuebles. Aquél que se sustenta en cálculos económicos prudentes. En él se basan todos nuestros consejos sobre el precio de viviendas y garajes por barrios en más de 60 ciudades de España.
En conclusión
- Respecto del expediente sancionador de la CNMC habrá que esperar a su resolución final y a los posibles recursos posteriores.
- Sea muy prudente en sus decisiones de compra o alquiler de pisos a la hora de fijar un precio que sea razonable para usted.
- En la medida de lo posible, compre, venda o alquile por su cuenta. Si desea acudir a una agencia, revise las condiciones, no acepte exclusivas y negocie la comisión.